Sociedade por Ações

Sociedad Distribuidora De Productos Farmatuya SpA

CONSTITUCIÓN — 10 de jul. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-07-10Ver PDF (CVE 1783955)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: cinco años, renovables automática, tácita y sucesivamente períodos iguales manera expresada escritura extractada
Administração: apoderados y administradores actúan conjunta o separadamente con amplias facultades

Objeto social

a) servicio de Courier o correspondencia, envío o traslado de productos, documentos, encomiendas y valijas desde un origen a un destino, tanto nacional como internacional; b) transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y lacustre, nacional e internacional, de cualquier clase de carga, paquetes, encomiendas, mercadería, documentación, cartas, y cualquier otro tipo de productos; c) comercializar y distribuir mediante el servicio de despacho a domicilio todo tipo de productos, especialmente productos farmacéuticos y cosméticos, alimentos nutricionales, suplementos alimenticios, vitaminas, productos de cuidado personal e higiene, y otros similares a través de plataformas web o móvil; d) la inversión, adquisición, compra, venta, arriendo, comercialización y cesión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, documentos representativos de los mismos y, en general, toda clase de títulos de crédito representativos de derechos o mercaderías, tales como efectos de comercio, bonos o debentures, valores mobiliarios, letras de cambio, pagarés, facturas y cualquier otro instrumento financiero o documento negociable, sea o no comercial; e) desarrollo y explotación comercial de todo tipo de aplicaciones tecnológicas para la administración de los fines señalados en las letras anteriores; f) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta y la compraventa de bienes muebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad determine realizar.

Capital

Capital total

$1.000.000

Ações

1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

MARÍA ANGÉLICA GARCIA-HUIDOBRO DÍAZ

Accionista

13.xxx.xxx-9

-

MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ

Accionista

11.xxx.xxx-1

-

Administradores (2)

MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ

11.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial do extrato

FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui número setenta y tres, certifico: por escritura de fecha de hoy ante mí, MARÍA ANGÉLICA GARCIA-HUIDOBRO DÍAZ, chilena, médico cirujano, casada y separada de bienes, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos setenta y tres mil cuatrocientos quince guion nueve, domiciliada para estos efectos en calle Lastarria número setenta, departamento quinientos siete, comuna de Santiago, Santiago, Región Metropolitana y doña MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ, chilena, psicóloga, casada y separada de bienes, cédula de identidad número once millones doscientos sesenta y nueve mil ochenta y nueve guion uno, domiciliada para estos efectos en calle Álvaro Casanova número cuatro mil ciento veintidós, comuna de Peñalolén, Santiago, Región Metropolitana; constituyen una sociedad por acciones- Nombre: “SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS FARMATUYA SpA”. Domicilio Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos país o extranjero. Duración de cinco años, renovables automática, tácita y sucesivamente períodos iguales manera expresada escritura extractada. Objeto: a) servicio de Courier o correspondencia, envío o traslado de productos, documentos, encomiendas y valijas desde un origen a un destino, tanto nacional como internacional; b) transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y lacustre, nacional e internacional, de cualquier clase de carga, paquetes, encomiendas, mercadería, documentación, cartas, y cualquier otro tipo de productos; c) comercializar y distribuir mediante el servicio de despacho a domicilio todo tipo de productos, especialmente productos farmacéuticos y cosméticos, alimentos nutricionales, suplementos alimenticios, vitaminas, productos de cuidado personal e higiene, y otros similares a través de plataformas web o móvil; d) la inversión, adquisición, compra, venta, arriendo, comercialización y cesión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, documentos representativos de los mismos y, en general, toda clase de títulos de crédito representativos de derechos o mercaderías, tales como efectos de comercio, bonos o debentures, valores mobiliarios, letras de cambio, pagarés, facturas y cualquier otro instrumento financiero o documento negociable, sea o no comercial; e) desarrollo y explotación comercial de todo tipo de aplicaciones tecnológicas para la administración de los fines señalados en las letras anteriores; f) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta y la compraventa de bienes muebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad determine realizar. Capital: un millón de pesos, dividido en un millón de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagadero en el plazo máximo de cinco años, en la medida que las necesidades sociales lo requieran.- Accionistas acuerdan designar como apoderados y administradores de la Sociedad, a doña MARÍA ANGÉLICA GARCIA-HUIDOBRO DÍAZ, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos setenta y tres mil cuatrocientos quince guion nueve y a doña MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ, cédula de identidad número once millones doscientos sesenta y nueve mil ochenta y nueve guion uno, quienes, actuando conjunta o separadamente, amplias facultades señaladas en el artículo Décimo Octavo de los estatutos sociales.- Demás cláusulas escritura extractada. Santiago, 07 de julio del 2020.

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