Sociedad de Profesionales Velasco Abogados Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de todo tipo de servicios de asesoría, consultoría y representación jurídicas, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
José Antonio Velasco Alessandri Socio | - | 99% | $990.000 |
Jorge Alejandro Álvarez Aravena Socio | - | 1% | $10.000 |
Administradores (1)
José Antonio Velasco Alessandri
Texto oficial do extrato
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 12 de enero de 2023, ante mí: JOSÉ ANTONIO VELASCO ALESSANDRI y JORGE ALEJANDRO ÁLVAREZ ARAVENA, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello N° 2711, piso 9, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES VELASCO ABOGADOS LIMITADA” (la “Sociedad”). Administración: La administración y representación de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a José Antonio Velasco Alessandri, quien la ejercerá con las facultades y en los términos señalados en escritura extractada. Capital: $1.000.000, el que ha sido aportado y pagado en el acto de constitución de la forma siguiente: (i) José Antonio Velasco Alessandri aportó y pagó la suma de $990.000, al contado y en dinero en efectivo; y (iii) Jorge Alejandro Álvarez Aravena aportó y pagó la suma de $10.000, al contado y en dinero en efectivo. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de todo tipo de servicios de asesoría, consultoría y representación jurídicas, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. Duración: La duración de la Sociedad será de veinte años contados desde la fecha de constitución, plazo que se renovará en forma tácita y sucesiva de tres años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de sus sucesivas prórrogas. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 Enero 2023.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES VELASCO ABOGADOS LIMITADA
CVE 2256903
