Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad de Profesionales Hilokitchens Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 de mar. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-03-16Ver PDF (CVE 2286167)

Informações societárias

Ltda
Valparaíso, Valparaíso
Duração: cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas
Administração: corresponderá a don Jorge Pablo Meyer Rivera y a doña Constanza Cecilia Galiardi Tapia, quienes, actuando individual e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada

Objeto social

la prestación de servicios profesionales relacionados al diseño, fabricación, montaje e instalación de mobiliario de cocina y, en general, de mobiliario para viviendas y, asimismo, el diseño e implementación de otros espacios interiores de bienes inmuebles

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Jorge Pablo Meyer Rivera

Socio

50%

Constanza Cecilia Galiardi Tapia

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Patricio Raby Benavente, abogado, Notario Público, Titular Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, oficina 32, comuna Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 8 de marzo de 2023, otorgada ante mí, don Jorge Pablo Meyer Rivera y doña Constanza Cecilia Galiardi Tapia, ambos domiciliados en Avenida Los Placeres Número 125, comuna y Región de Valparaíso, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “Sociedad de Profesionales Hilokitchens Limitada”. Domicilio: es la comuna y ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de que podrá abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: la prestación de servicios profesionales relacionados al diseño, fabricación, montaje e instalación de mobiliario de cocina y, en general, de mobiliario para viviendas y, asimismo, el diseño e implementación de otros espacios interiores de bienes inmuebles. Capital Social: $1.000.000, que se aportó y pagó por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: i) don Jorge Pablo Meyer Rivera aportó la cantidad de $500.000, equivalente al 50 por ciento del capital social, que pagó en el acto de la escritura extractada al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad; y ii) doña Constanza Cecilia Galiardi Tapia aportó la cantidad de $500.000, equivalente al 50 por ciento del capital social, que pagó en el acto de la escritura extractada, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha cantidad a su entera y total satisfacción y conformidad. Por lo tanto, el capital social se encuentra íntegramente pagado. Administración y uso de la razón social: corresponderá a don Jorge Pablo Meyer Rivera y a doña Constanza Cecilia Galiardi Tapia, quienes, actuando individual e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada. Duración: es de cinco años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas. Responsabilidad: Los socios limitaron expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 14 de marzo de 2023. P. Raby B. Not. Púb.

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