Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad De Profesionales Hernández Y Sánchez Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 de jun. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-06-19Ver PDF (CVE 2662205)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Tres años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos iguales de tres años cada uno
Administração: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña CARMEN PAZ HERNÁNDEZ PEDRAZA y a doña DANIELA SÁNCHEZ ALLENDE, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias y diversas facultades de conservación, administración y disposición de bienes.

Objeto social

La prestación de servicios profesionales relacionados con la promoción de la lectura, el diseño e implementación de proyectos y estrategias educativas y la asesoría en el ámbito cultural y comunitario, incluyendo la elaboración de materiales didácticos, realización de talleres, capacitaciones y acompañamiento pedagógico, actividades todas propias de las profesiones de sus socias; y todas las actividades profesionales y asesorías relacionadas o complementarias con las actividades anteriores. La sociedad también podrá realizar inversiones ocasionales, con el exclusivo fin de preservar sus flujos de caja y evitar su desvalorización, como, por ejemplo, pero no limitado a, depósitos a plazo, fondos mutuos y otros instrumentos de corto plazo. Para el desarrollo de sus labores la sociedad podrá adquirir activos fijos, siempre que, en dicho desarrollo, prime el trabajo por sobre el capital. Los servicios de la sociedad que forman parte de su objeto social deberán ser prestados por intermedio de sus socias, pudiendo intervenir dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales.

Capital

Capital total

$150.000

Capital integralizado

$150.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

CARMEN PAZ HERNÁNDEZ PEDRAZA

Socio

50%

DANIELA SÁNCHEZ ALLENDE

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, chileno, abogado, Notario Público, titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho certifico: que, por escritura de fecha 12 de junio de 2025, ante mí, doña CARMEN PAZ HERNÁNDEZ PEDRAZA, domiciliada en calle Francisco Bulnes Correa 2739, comuna de Las Condes, Santiago; y doña DANIELA SÁNCHEZ ALLENDE, domiciliada en calle San Pascual 751, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: A.- Razón Social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES HERNÁNDEZ Y SÁNCHEZ LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de “Hernández y Sánchez Ltda”. B.- Domicilio: La ciudad y la comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro o fuera del país. C.- Objeto: La Sociedad tiene como objeto exclusivo: /i/ la prestación de servicios profesionales relacionados con la promoción de la lectura, el diseño e implementación de proyectos y estrategias educativas y la asesoría en el ámbito cultural y comunitario, incluyendo la elaboración de materiales didácticos, realización de talleres, capacitaciones y acompañamiento pedagógico, actividades todas propias de las profesiones de sus socias; y /ii/ todas las actividades profesionales y asesorías relacionadas o complementarias con las actividades anteriores. La Sociedad también podrá realizar inversiones ocasionales, con el exclusivo fin de preservar sus flujos de caja y evitar su desvalorización, como, por ejemplo, pero no limitado a, depósitos a plazo, fondos mutuos y otros instrumentos de corto plazo. Para el desarrollo de sus labores la sociedad podrá adquirir activos fijos, siempre que, en dicho desarrollo, prime el trabajo por sobre el capital. Los servicios de la Sociedad que forman parte de su objeto social deberán ser prestados por intermedio de sus socias, pudiendo intervenir dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales. D.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 150.000 pesos, el cual se encuentra íntegramente pagado por las socias de la siguiente forma: CARMEN PAZ HERNÁNDEZ PEDRAZA, 75.000 pesos, representativo del cincuenta por ciento del capital social; y DANIELA SÁNCHEZ ALLENDE, 75.000 pesos, representativo del cincuenta por ciento del capital social. Se deja constancia de que todas las socias deben ejercer sus profesiones para la Sociedad, estándoles expresamente prohibido solo el aporte capital. E.- Administración: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña CARMEN PAZ HERNÁNDEZ PEDRAZA y a doña DANIELA SÁNCHEZ ALLENDE, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias y diversas facultades de conservación, administración y disposición de bienes. F.- Duración: La Sociedad tendrá una duración de tres años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos iguales de tres años cada uno, salvo que cualquiera de las socias manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, no menos de seis medes antes del respectivo vencimiento. Las socias limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de junio de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE PROFESIONALES HERNÁNDEZ Y SÁNCHEZ LIMITADA

    CVE 2662205

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