Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad De Profesionales Fernández Y Yuraszeck Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de out. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-10-10Ver PDF (CVE 2711026)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don NICOLÁS FELIPE YURASZECK PEÑARANDA y don FELIPE ANTONIO FERNÁNDEZ GONZÁLEZ quienes actuarán en la forma y con las facultades que se indican en la escritura extractada

Objeto social

La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría jurídica, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materia de orden legal y jurídico, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias

Capital

Capital total

$100.000

Capital integralizado

$100.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

SOCIEDAD DE PROFESIONALES NFYP ABOGADOS LIMITADA

Socio

50%

SOCIEDAD DE PROFESIONALES DPL LIMITADA

Socio

50%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, certifico que, ante mí, por escritura pública de fecha 07 de octubre de 2025, la SOCIEDAD DE PROFESIONALES NFYP ABOGADOS LIMITADA, domiciliada para estos efectos en El Gabino número 13.320, departamento 210, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y la SOCIEDAD DE PROFESIONALES DPL LIMITADA, domiciliada para estos efectos en El Capellán número 12.107, comuna de Las Condes, Región de Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de la que extracto: Nombre o Razón Social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES FERNÁNDEZ Y YURASZECK ABOGADOS LIMITADA” pudiendo usar también el nombre de fantasía “FERNÁNDEZ Y YURASZECK ABOGADOS LTDA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría jurídica, ya sean de tipo judicial o extrajudicial, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de asesorías a terceras personas, naturales o jurídicas en materia de orden legal y jurídico, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. Capital: $100.000, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: a) SOCIEDAD DE PROFESIONALES NFYP ABOGADOS LIMITADA, aporta la suma de $50.000 que representa el 50% del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero en efectivo; y b) SOCIEDAD DE PROFESIONALES DPL LIMITADA, aporta la suma de $50.000, que representa el 50% del capital social, que paga en este acto al contado y en dinero en efectivo. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don NICOLÁS FELIPE YURASZECK PEÑARANDA y don FELIPE ANTONIO FERNÁNDEZ GONZÁLEZ quienes quien actuarán en la forma y con las facultades que se indican en la escritura extractada. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de octubre de 2025.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE PROFESIONALES FERNÁNDEZ Y YURASZECK ABOGADOS LIMITADA

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