Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad De Profesionales Abogados Gdp Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 de dez. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-12-12Ver PDF (CVE 2582971)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida
Administração: indistintamente a don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTES, IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL y JORGE IGNACIO RAMIRO PÉREZ SOTO

Objeto social

la prestación de servicios profesionales en todas las materias relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado, tanto en el país como en el extranjero, y representar a otras sociedades, nacionales o extranjeras, que presten idéntico servicio; y en general celebración o ejecución cualquier otra actividad relacionada con objetos anteriores

Capital

Capital total

$3.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTES

Socio

33.4%

IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL

Socio

33.3%

JORGE IGNACIO RAMIRO PÉREZ SOTO

Socio

33.3%

Representantes perante o SII (3)

Texto oficial do extrato

ALEJANDRA VALESKA HIDALGO FUENTES, Notaria Pública Interina 22ª Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura Pública de fecha 27 de Noviembre de 2024, bajo el repertorio N° 1.698-2024, ante mí, don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTES; don IGNACIO ESTEBAN DÍAZ RETAMAL, y don JORGE IGNACIO RAMIRO PÉREZ SOTO, todos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Bellet numero cuatrocientos cuarenta y cuatro, oficina quinientos cuatro, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada por los estatutos extractados a continuación.- SOCIEDAD DE PROFESIONALES ABOGADOS GDP LIMITADA pudiendo operar inclusive ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía ABOGADOS GDP LTDA.- Son socios únicamente los constituyentes antes individualizados. El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en todas las materias relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado, tanto en el país como en el extranjero, y representar a otras sociedades, nacionales o extranjeras, que presten idéntico servicio; y en general celebración o ejecución cualquier otra actividad relacionada con objetos anteriores.- El capital de la sociedad de $3.000.000 que los socios aportan de la siguiente manera: Uno) RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTES aporta en este acto la suma de $1.002.000 equivalentes al 33,4% del haber social, cantidad que ingresa a las arcas sociales en este acto, en dinero en efectivo y a entera conformidad de los socios; Dos) IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL aporta en este acto la suma de $999.000 equivalentes al 33,3% del haber social, cantidad que ingresa a las arcas sociales en este acto, en dinero en efectivo y a entera conformidad de los socios; Tres) JORGE IGNACIO RAMIRO PÉREZ SOTO aporta en este acto la suma de $999.000 equivalentes al 33,3% del haber social cantidad que ingresa a las arcas sociales en este acto, en dinero en efectivo y a entera conformidad de los socios.- La duración de la sociedad será indefinida.- La administración y uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá indistintamente a don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTES, IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL y JORGE IGNACIO RAMIRO PÉREZ SOTO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Diciembre de 2024/nh.

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