Sociedade por Ações

Sociedad De Inversiones Y Tratamiento Dialitico Sitradial SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de mar. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-03-11Ver PDF (CVE 2465195)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don ESTEBAN ANDRÉS CONTRERAS VELOSO y a don JUAN ALEJANDRO SOTO CUEVAS, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.

Objeto social

Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a) La creación, mantención y explotación de todo tipo de clínicas, centros médicos y consultorios para la prestación de servicios de hemodiálisis; b) La comercialización, fabricación, distribución, de todo tipo de productos médicos para el tratamiento de la hemodiálisis, el diagnóstico, tratamiento e investigación en el marco de la patología médica en general; c) La comercialización, distribución y elaboración de todo tipo de productos derivados del proceso de hemodiálisis y que tengan un destino diferente al objeto señalado, tales como aguas destiladas desmineralizadas, aguas verdes, cloro, entre otras; d) La prestación de servicios médicos en todas sus especialidades, para cuyo efecto podrá comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos, laboratorios, casas de reposo, y en general, cualquier otro establecimiento de salud dedicado al diagnóstico, análisis, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética del enfermo y personas en general; y e) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$0

Ações

500

Sócios (2)

NomeParticipação

ESTEBAN ANDRÉS CONTRERAS VELOSO

Accionista

16.xxx.xxx-8

50%

JUAN ALEJANDRO SOTO CUEVAS

Accionista

10.xxx.xxx-0

50%

Administradores (2)

ESTEBAN ANDRÉS CONTRERAS VELOSO

16.xxx.xxx-8Administrador

JUAN ALEJANDRO SOTO CUEVAS

10.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

SANDRA MARCELA SEPÚLVEDA MARTÍNEZ, abogada, Notaria Pública Titular de la Primera Notaría de Yungay, con oficio en calle Arturo Prat N°289, comuna de Yungay, certifico: Que por escritura pública de fecha ocho de marzo del año dos mil veinticuatro, repertorio 354-24, ante mí, don ESTEBAN ANDRÉS CONTRERAS VELOSO, chileno, soltero, ingeniero, cédula de identidad N° 16.215.268-8 y don JUAN ALEJANDRO SOTO CUEVAS, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, técnico electrónico, cédula de identidad N° 10.722.136-0, ambos domiciliados para estos efectos en Chipana N°454, Región del Ñuble, y de paso en ésta, constituyeron una Sociedad por Acciones (SpA), la cual se regirá por el Título VII del Libro II del Código de Comercio y demás normas legales que le sean aplicables y, en especial, por los estatutos que a continuación se indican. Razón social: SOCIEDAD DE INVERSIONES Y TRATAMIENTO DIALITICO SITRADIAL SpA, nombre de fantasía de SITRADIAL SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: Los objetos de la sociedad serán los siguientes: a) La creación, mantención y explotación de todo tipo de clínicas, centros médicos y consultorios para la prestación de servicios de hemodiálisis; b) La comercialización, fabricación, distribución, de todo tipo de productos médicos para el tratamiento de la hemodiálisis, el diagnóstico, tratamiento e investigación en el marco de la patología médica en general; c) La comercialización, distribución y elaboración de todo tipo de productos derivados del proceso de hemodiálisis y que tengan un destino diferente al objeto señalado, tales como aguas destiladas desmineralizadas, aguas verdes, cloro, entre otras; d) La prestación de servicios médicos en todas sus especialidades, para cuyo efecto podrá comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos, laboratorios, casas de reposo, y en general, cualquier otro establecimiento de salud dedicado al diagnóstico, análisis, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética del enfermo y personas en general; y e) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: Indefinida. Capital: $5.000.000.- dividido en 500 acciones todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, que los accionistas suscriben y pagan en la siguiente forma: Uno.- Don ESTEBAN ANDRÉS CONTRERAS VELOSO, suscribe 250 acciones las cuales paga con la suma de $2.500.000, al contado y en dinero efectivo, los que ingresaron en arcas de la sociedad; y Dos.- Don JUAN ALEJANDRO SOTO CUEVAS, suscribe 250 acciones las cuales paga con la suma de $2.500.000, al contado y en dinero efectivo, los que ingresaron en arcas de la sociedad. En razón de estos aportes, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don ESTEBAN ANDRÉS CONTRERAS VELOSO y a don JUAN ALEJANDRO SOTO CUEVAS, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Yungay, ocho de marzo de dos mil veinticuatro.

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