Sociedad De Inversiones Quijada Muente & Compañía Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase e bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajea dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital integralizado
$6.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
NELSON PATRICIO MUENTE ESCOBAR Socio | - | 50% | $3.000.000 |
INGRID PILAR QUIJADA HERNÁNDEZ Socio | - | 50% | $3.000.000 |
Texto oficial do extrato
CECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con domicilio en Av. Libertad N.º 1155-A, certifico: por escritura pública de fecha 09 de mayo de 2023, ante mí, don NELSON PATRICIO MUENTE ESCOBAR y doña INGRID PILAR QUIJADA HERNÁNDEZ, ambos domiciliados avenida El Rincón setecientos noventa y cinco, Villa Alemana, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIONES QUIJADA MUENTE & COMPAÑÍA LIMITADA pudiendo actuar con el nombre de fantasía de INVERSIONES QUIJADA MUENTE & CÍA LTDA., que la obligará de la misma manera que la razón social. El objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase e bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajea dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. El capital social es la cantidad de SEIS MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente forma: a) NELSON PATRICIO MUENTE ESCOBAR, aporta la suma de TRES MILLONES DE PESOS; que equivale al cincuenta por ciento del capital social; suma que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado a la caja social, y b) INGRID PILAR QUIJADA HERNÁNDEZ aporta la suma de TRES MILLONES DE PESOS; que equivale al cincuenta por ciento del capital social; suma que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado a la caja social; correspondiéndole al socio don NELSON PATRICIO MUENTE ESCOBAR el cincuenta por ciento de los derechos sociales y a doña INGRID PILAR QUIJADA HERNÁNDEZ el cincuenta por ciento de los derechos sociales. De esta forma el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración tres años a partir de esta escritura. Al término de tal plazo, la sociedad se entenderá prorrogada automática, tácita y sucesivamente, por períodos iguales, de tres años, sí ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y el envió de una carta certificada, dirigida al domicilio señalado en la comparecencia, con una anticipación, de a lo menos, cuatro meses antes de la expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Domicilio: Viña del Mar. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 10 mayo 2023.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE INVERSIONES QUIJADA MUENTE & COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2313991
