Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad de Inversiones La Montaña Limitada

CONSTITUCIÓN — 21 de dez. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-12-21Ver PDF (CVE 2237782)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Cinco años a partir de la fecha de suscripción de la escritura de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado por periodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma estipulada en la escritura de constitución social.
Administração: Corresponderá a los socios ROBERTO IGNACIO ORTEGA VALDIVIA y CRISTIAN ANDRÉS ORTEGA VALDIVIA, quienes podrán actuar conjuntamente o en forma individual y por separado cada uno de ellos, con facultades y limitaciones establecidas en el pacto social. Para vender, enajenar, o gravar bienes raíces sociales, para solicitar créditos bancarios bajo cualquier naturaleza jurídica por montos superiores a 2.500 Unidades de Fomento, y para garantizar con la sociedad o con bienes de esta bajo cualquier modalidad jurídica obligaciones propias de los socios o de terceros, siempre deberán actuar ambos socios administradores de consuno.

Objeto social

La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la adquisición, enajenación, y explotación de todo tipo de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, administrarlos, arrendarlos, y explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, y obtener rentas; formar parte de otras sociedades cualesquiera que sean sus giros u objetos sociales, modificarlas, y asumir la administración de las mismas; y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro directa o indirectamente con la actividad de inversiones, inmobiliaria, y obtención de rentas.

Capital

Capital total

$104.698.852

Capital integralizado

$102.604.876

Capital pendente

$2.093.976

Sócios (3)

NomeParticipação

BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO

Socio

98%

ROBERTO IGNACIO ORTEGA VALDIVIA

Socio

1%

CRISTIAN ANDRES ORTEGA VALDIVIA

Socio

1%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Rodrigo Orlando Cantuarias Costa, Abogado, Notario Público Titular, de la segunda Notaria de Los Ángeles, y su territorio jurisdiccional, domiciliado en calle Lautaro número trescientos setenta y uno, de esta ciudad, certifico, que por escritura pública hoy ante mí, comparecieron doña BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO, domiciliada en calle Las Malvas número doscientos setenta, departamento número sesenta y tres, comuna de Las Condes, Santiago; don ROBERTO IGNACIO ORTEGA VALDIVIA, domiciliado en Fundo La Laguna, Comuna de El Carmen; y don CRISTIAN ANDRES ORTEGA VALDIVIA, domiciliado en Las Malvas doscientos setenta, departamento sesenta y tres, Las Condes, Santiago, y representado en la forma indicada en la escritura, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “Sociedad de Inversiones La Montaña Limitada”, pudiendo abreviarse la palabra “Limitada” por “Ltda.”. No obstante la razón social anterior, la sociedad podrá usar el nombre de fantasía o sigla “Inversiones La Montaña Ltda.”, cuyo uso obligará a la sociedad de la misma manera que la razón social, incluso ante los bancos y otras instituciones financieras. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, representaciones o sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país. Objeto: La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la adquisición, enajenación, y explotación de todo tipo de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, administrarlos, arrendarlos, y explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, y obtener rentas; formar parte de otras sociedades cualesquiera que sean sus giros u objetos sociales, modificarlas, y asumir la administración de las mismas; y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro directa o indirectamente con la actividad de inversiones, inmobiliaria, y obtención de rentas. Capital Social: Asciende a la suma de ciento cuatro millones seiscientos noventa y ocho mil ochocientos cincuenta y dos pesos, el que es aportado y enterado por los socios de la siguiente manera: UNO).- La socia BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO aporta la suma de ciento dos millones seiscientos cuatro mil ochocientos setenta y seis pesos, el que entera aportando en este acto en dominio a la sociedad los siguientes derechos societarios de los cuales es dueña en dominio pleno en las siguientes sociedades: a).- Un derecho societario correspondiente al dieciséis coma seis seis seis seis por ciento del capital social total en la sociedad Agrícola y Forestal Los Alpes Limitada, rol único tributario número setenta y siete millones seiscientos cincuenta y seis mil ciento setenta guion tres, y cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas veinticuatro mil trescientas nueve vuelta, número diecinueve mil seiscientos sesenta y siete, del Registro de Comercio del año dos mil uno del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, el que es avaluado de común acuerdo entre los socios comparecientes en la suma de veinticinco millones sesenta y tres mil novecientos treinta y seis pesos y que corresponde al valor contable tributario; y b).- Un derecho societario correspondiente al dieciséis coma seis seis seis seis por ciento del capital social total en la sociedad Agrícola y Forestal La Carbonera Limitada, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos noventa y un mil sesenta guion cinco, y cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas diez mil seiscientos cincuenta y nueve, número siete mil doscientos tres del Registro de Comercio del año dos mil seis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, el que es avaluado de común acuerdo entre los socios comparecientes en la suma de setenta y siete millones quinientos cuarenta mil novecientos cuarenta pesos y que corresponde al valor contable tributario. De este modo el aporte de la socia BLANCA OLGA VALDIVIA SOTO queda completamente enterado y pagado, correspondiendo su aporte al noventa y ocho por ciento del capital social total; DOS).- Aportando en este acto el socio ROBERTO IGNACIO ORTEGA VALDIVIA la suma de un millón cuarenta y seis mil novecientos ochenta y ocho pesos los que enterará en dinero efectivo o en especies debidamente avaluadas por las partes, en el plazo de tres años a partir de la fecha de suscripción de la presente escritura pública. De este modo el aporte total del socio ROBERTO IGNACIO ORTEGA VALDIVIA corresponde al uno por ciento del capital social total; y TRES).- Aportando en este acto el socio CRISTIAN ANDRES ORTEGA VALDIVIA la suma de un millón cuarenta y seis mil novecientos ochenta y ocho pesos, los que enterará en dinero efectivo o en especies debidamente avaluadas por las partes, en el plazo de tres años a partir de la fecha de suscripción de la presente escritura pública. De este modo el aporte total del socio CRISTIAN ANDRES ORTEGA VALDIVIA corresponde al uno por ciento del capital social total. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración, Representación, y Uso de la razón social, y del nombre de fantasía, Corresponderá a los socios ROBERTO IGNACIO ORTEGA VALDIVIA y CRISTIAN ANDRÉS ORTEGA VALDIVIA, quienes podrán actuar conjuntamente o en forma individual y por separado cada uno de ellos, con facultades y limitaciones establecidas en el pacto social. Para vender, enajenar, o gravar bienes raíces sociales, para solicitar créditos bancarios bajo cualquier naturaleza jurídica por montos superiores a 2.500 Unidades de Fomento, y para garantizar con la sociedad o con bienes de esta bajo cualquier modalidad jurídica obligaciones propias de los socios o de terceros, siempre deberán actuar ambos socios administradores de consuno. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, debiendo estos últimos nombrar un mandatario común para que los represente ante la sociedad. En este caso dicho mandatario común tendrá y actuará en la sociedad con los mismos derechos y obligaciones que el socio fallecido, con todo, dicho mandatario quedará excluido de la administración social, entendiéndose en tal caso, y para el caso que el fallecido sea uno de los socios administradores, que la administración y el uso de la razón social quedará radicada exclusivamente en el socio administrador sobreviviente. Duración: Cinco años a partir de la fecha de suscripción de la escritura de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado por periodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma estipulada en la escritura de constitución social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Angeles, cinco de Diciembre del año dos mil veintidós.

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