Sociedad De Inversiones Grupo Pacifico Ltda.
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | - | - |
FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | - | - |
Representação legal (4)
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
Texto oficial do extrato
ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Temuco, Varas 854, Suplente del Titular don HECTOR BASUALTO BUSTAMANTE. CERTIFICO: por escritura pública hoy ante mí, MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número 13.729.786-8, con domicilio en calle Aragón N°125 departamento 704 Torre B Condominio Jardín de los Reyes de la ciudad y comuna de Temuco, en representación- de: don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, chileno, casado separado totalmente de bienes, comerciante, cédula de identidad número 15.395.557-3, , con domicilio en pasaje Arrayan N° 499 de la ciudad y comuna de Temuco, de don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, economista, cedula de identidad N°15.653.485-4, con domicilio en calle Carlos Peña Otaegui N°12.301 Torre 3 Departamento 42 comuna de La Condes, de don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, chileno, casado separado totalmente de bienes, ingeniero en administración cedula de identidad N°17.260.474-9, con domicilio en Camino La Fuente N°55, comuna Colina, y de don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cedula de identidad N°16.359.359-9, con domicilio en calle General Ludwig N°4700 setecientos Edificio A Departamento 1104 comuna de Las Condes; viene en suscribir a nombre de los contratantes escritura de rectificación, según los siguientes antecedentes: PRIMERO. Antecedentes: Que con fecha 30.06.2020, ante don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco don Héctor Basualto Bustamante, se celebró escritura pública anotada en el repertorio N°2912-2020, mediante la cual don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA y don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad a las estipulaciones contenidas en la ley 3.918, de fecha 14.03.1923 y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no hubieran estipulado en dicho contrato. El capital social es la suma de diez millones de pesos. El extracto de la escritura citada se publicó en el Diario Oficial en su edición N°42.697 de fecha 04.07.2020. SEGUNDO. Personería: En la cláusula décimo quinto de la escritura pública señalada en la cláusula precedente, todos los comparecientes confirieron mandato especial a quien suscribe, a fin de aclarar, rectificar, sanear, corregir o complementar la escritura social. TERCERO: Con fecha quince de julio del año dos mil veinte ante, don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco don Héctor Basualto Bustamante, se suscribió escritura pública de rectificación de constitución de sociedad de responsabilidad limitada y de extracto social, anotada en el repertorio número tres mil doscientos sesenta y ocho guion dos mil veinte. El extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil setecientos nueve de fecha veinte de julio del año dos mil veinte. CUARTO: Con fecha veinticuatro de julio del año dos mil veinte, ante don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco don Héctor Basualto Bustamante se suscribió escritura pública de saneamiento de constitución de sociedad de responsabilidad limitada y rectificación de extracto social, anotada en el repertorio número tres mil trescientos setenta y tres guion dos mil veinte. En la escritura mencionada se saneo la razón social de la sociedad quedando esta como SOCIEDAD DE INVERSIONES GRUPO PACIFICO LTDA. El extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil setecientos quince de fecha veinte siete de julio del año dos mil veinte. QUINTO: Rectificación: Por este acto vengo en rectificar la escritura pública de rectificación de fecha quince de julio del año dos mil veinte, repertorio número tres mil doscientos sesenta y ocho guion dos mil veinte, respecto de la cual, no se incluyó en su cláusula primera el capital social, y sí se menciona en su extracto social, el que se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil setecientos nueve de fecha veinte de julio del año dos mil veinte, existiendo una discordancia entre la escritura pública y el extracto de la misma. En este sentido, por medio de este instrumento, se establece que la cláusula PRIMERA de la escritura en comento queda en este tenor: “PRIMERO. Antecedentes: Que con fecha treinta de junio del año dos mil veinte, ante don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco, se celebró escritura pública anotada en el repertorio número dos mil novecientos doce, mediante la cual don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA y don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad a las estipulaciones contenidas en la ley tres mil novecientos dieciocho, de fecha catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no hubieran estipulado en dicho contrato; Capital social diez millones de pesos”. Aclarando además de este modo la rectificación en relación al mismo error, efectuada en escritura pública de saneamiento y rectificación de fecha veinticuatro de julio del año dos mil veinte. SEXTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigentes las demás cláusulas de la escritura social singularizada precedentemente.- Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura para requerir al Conservador de Bienes Raíces respectivo, las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Temuco 10 de Agosto de 2020.
Informações societárias
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | - | - |
FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | - | - |
Representação legal (4)
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
Texto oficial do extrato
ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Temuco, Varas 854, Suplente del Titular don HECTOR BASUALTO BUSTAMANTE. CERTIFICO: por escritura pública hoy ante mí, Doña MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE, chilena, casada, abogada, cédula de identidad N°13.729.786-8, con domicilio en calle Aragón N°125 departamento 704 Torre B Condominio Jardín de los Reyes de la ciudad y comuna de Temuco, en representación- como se acreditará- de: don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, chileno, casado separado totalmente de bienes, comerciante, cédula de identidad Nº15.395.557-3, , con domicilio en pasaje Arrayan Nº499 de la ciudad y comuna de Temuco, de don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, economista, cedula de identidad Nº15.653.485-4, con domicilio en calle Carlos Peña Otaegui Nº12.301 Torre 3 Departamento 42 comuna de La Condes, de don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, chileno, casado separado totalmente de bienes, ingeniero en administración cedula de identidad Nº17.260.474-9, con domicilio en Camino La Fuente Nº55, comuna Colina, y de don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cedula de identidad Nº16.359.359-9, con domicilio en calle General Ludwig Nº4.700 Edificio A Departamento 1.104 comuna de Las Condes; viene en suscribir a nombre de los contratantes escritura de rectificación, según los siguientes antecedentes: PRIMERO. Antecedentes: Que con fecha treinta de junio del año dos mil veinte, ante don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco, se celebró escritura pública anotada en el repertorio número dos mil novecientos doce, mediante la cual don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA y don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad a las estipulaciones contenidas en la ley tres mil novecientos dieciocho, de fecha catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no hubieran estipulado en dicho contrato. SEGUNDO. Personería: En la cláusula décimo quinto de la escritura pública ya señalada, todos los comparecientes confirieron mandato especial a quien suscribe, a fin de aclarar, rectificar, sanear, corregir o complementar la escritura social. TERCERO: Con fecha quince de julio del año dos mil veinte ante, don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco, se suscribió escritura pública de rectificación de la escritura pública de constitución de sociedad de responsabilidad limitada y de extracto social, anotada en el repertorio N°3.268. CUARTO: Saneamiento: En virtud de la personería señalada en la cláusula segunda de esta escritura, vengo en sanear la escritura pública de constitución de acuerdo al artículo uno de la Ley N°19.499 que Establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica código de comercio y otros cuerpos legales; en el siguiente sentido: En la cláusula segunda de la escritura de constitución de la sociedad, relativa a la razón social de la empresa, está indica que será “SOCIEDAD GRUPO PACIFICO LTDA.” sin embargo, al no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo cuatro de la Ley N°3.918, se rectifica la razón social en tal sentido, SOCIEDAD DE INVERSIONES GRUPO PACIFICO LTDA. QUINTO: Rectificación: Por este acto vengo en rectificar el extracto social publicado en el Diario Oficial en su Edición N°42.709 de fecha 20 de julio del año 2020. Capital social $10.000.000. SEXTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigentes las demás cláusulas de la escritura social singularizada precedentemente. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Temuco 24 de julio de 2020.
Informações societárias
Capital
Capital total
$10.000.000
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | - | - |
MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | - | - |
FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA Socio 17.xxx.xxx-9 | 17.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | - | - |
Representação legal (4)
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE
Texto oficial do extrato
ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Temuco, Varas 854, Suplente del Titular don HECTOR BASUALTO BUSTAMANTE. CERTIFICO: por escritura pública hoy ante mí, Doña MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE, chilena, casada, abogada, cédula de identidad N°13.729.786-8, con domicilio en calle Aragón N°125 departamento 704 Torre B Condominio Jardín de los Reyes de la ciudad y comuna de Temuco, en representación- como se acreditará- de: don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, chileno, casado separado totalmente de bienes, comerciante, cédula de identidad Nº15.395.557-3, , con domicilio en pasaje Arrayan Nº499 de la ciudad y comuna de Temuco, de don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, economista, cedula de identidad Nº15.653.485-4, con domicilio en calle Carlos Peña Otaegui Nº12.301 Torre 3 Departamento 42 comuna de La Condes, de don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, chileno, casado separado totalmente de bienes, ingeniero en administración cedula de identidad Nº17.260.474-9, con domicilio en Camino La Fuente Nº55, comuna Colina, y de don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cedula de identidad Nº16.359.359-9, con domicilio en calle General Ludwig Nº4.700 Edificio A Departamento 1.104 comuna de Las Condes; viene en suscribir a nombre de los contratantes escritura de rectificación, según los siguientes antecedentes: PRIMERO. Antecedentes: Que con fecha treinta de junio del año dos mil veinte, ante don ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Temuco, se celebró escritura pública anotada en el repertorio número dos mil novecientos doce, mediante la cual don ENRIQUE ANTONIO TRONCOSO SAAVEDRA, don MIGUEL ALEJANDRO BELLO INOSTROZA, don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA y don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad a las estipulaciones contenidas en la ley tres mil novecientos dieciocho, de fecha catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no hubieran estipulado en dicho contrato; Capital: $10.000.000.-. SEGUNDO. Personería: En la cláusula décimo quinto de la escritura pública ya señalada, todos los comparecientes confirieron mandato especial a quien suscribe, a fin de aclarar, rectificar, sanear, corregir o complementar la escritura social. TERCERO. Rectificación: En virtud de la personería señalada en la cláusula precedente, vengo en rectificar: UNO) En la cláusula segunda de la escritura de constitución de la sociedad, relativa a la razón social de la empresa, está indica que será “SOCIEDAD GRUPO PACIFICO LTDA.” sin embargo, al no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo cuatro de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, se rectifica la razón social en tal sentido, SOCIEDAD DE INVERSIONES GRUPO PACIFICO LTDA. DOS) El extracto de constitución de sociedad señala que el nombre de fantasía es SOCIEDAD GRUPO PACIFICO CHILE LTDA., el que debe decir GRUPO PACIFICO CHILE LTDA. CUARTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigentes las demás cláusulas de la escritura social singularizada precedentemente. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Temuco 15 de julio de 2020.-
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