Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Comercial Transportes Jara Y Mallea Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 de jun. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-06-28Ver PDF (CVE 1422822)

Informações societárias

Ltda
Melipilla, Región Metropolitana
Duração: 10 años, prorrogándose tacita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 10 años cada uno
Administração: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá al socio don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS.

Objeto social

La prestación de servicios de transporte de pasajeros, transporte escolar, como asimismo, celebrar toda clase de operaciones comerciales referidas en el articulo tres del código de comercio y de cualquier otro tipo que los socios acuerden o decidan establecer dentro o fuera del país.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS

Socio

40%

PATRICIA INES MALLEA BUSTOS

Socio

40%

SOFIA PAZ JARA MALLEA

Socio

10%

RODRIGO PATRICIO JARA MALLEA

Socio

10%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ALBERTO MOZO AGUILAR, Abogado, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos Nº 332, certifico: Por escritura hoy, ante mí, Don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, don RODRIGO PATRICIO JARA MALLEA, doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, y doña SOFIA PAZ JARA MALLEA, todos domiciliados en parcela numero B uno, sector los Molles Culipran, comuna de Melipilla, vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD COMERCIAL TRANSPORTES JARA Y MALLEA LIMITADA” Nombre de Fantasía: “TRANSPORTES JARA Y MALLEA LTDA.” Domicilio: Melipilla.- Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de transporte de pasajeros, transporte escolar, como asimismo, celebrar toda clase de operaciones comerciales referidas en el articulo tres del código de comercio y de cualquier otro tipo que los socios acuerden o decidan establecer dentro o fuera del país. Capital: $10.000.000, cantidad que los socios aportan de la siguiente proporción: a) don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, aporta la suma de $4.000.000, lo que representa el 40% de los derechos sociales de la sociedad, al contado, ya ingresados a la caja social,; b) doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, aporta la suma de $4.000.000, lo que representa el 40% de los derechos sociales de dicha sociedad, al contado, ya ingresados a la caja social; c) doña SOFIA PAZ JARA MALLEA, aporta la suma de $1.000.000, lo que representa el 10% de los derechos sociales de dicha sociedad, al contado, ya ingresados a caja social; y d) don RODRIGO PATRICIO JARA MALLEA, aporta la suma de $1.000.000, lo que representa el 10% de los derechos sociales de dicha sociedad, al contado, ya ingresados a caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración: La administración representación y el uso de la razón social corresponderá al socio don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS. Duración: 10 años, prorrogándose tacita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 10 años cada uno. Demás estipulaciones en pacto social extractado. Santiago, 18 de junio de 2018.-

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