Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Comercial Racema Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 de jun. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-06-19Ver PDF (CVE 1229712)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: empezará a regir con fecha escritura y tendrá una duración de CUATRO años, plazo que se entenderá renovado y/o prorrogados por periodos sucesivos e iguales de ocho años cada uno
Administração: corresponderá al socio don RAÚL FEDERICO SAEZ SCHMIDLIN, facultades en pacto social

Objeto social

Será: a) El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras.- b) Así también, la compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte -en vehículos propios o ajenos- distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación, c) Así también, toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícula o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, d) Por su parte, también podrá realizar transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; e) También, el embalaje de toda clase de mercadería, muebles, menaje y cualquiera cosa que sea necesario preparar para su traslado de un domicilio a otro, sea dentro del país, sea para o desde el extranjero. Al respecto, la empresa puede ser, además, filial de otra empresa extranjera, acreditada en el rubro, y puede ser comisionista o intermediaria entre el cliente y otra empresa del ramo, en su caso. Asimismo, podrá contratar, por sí, o para terceros, fletes con empresas de transporte; y realizar los fletes y mudanzas en vehículos propios o en otros tomados en arrendamiento. Podrá realizar las operaciones de importación y exportación de mercaderías y otros bienes y realizar todas las acciones que correspondan, en la actualidad o en el futuro, a embalajes, fletes y mudanzas; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; f) En general ejecutar cualquier tipo de actividad o negocios, actos y contratos, que sean conducentes al mejor cumplimiento del objeto de la sociedad, relacionado directa o indirectamente con el giro social.

Capital

Capital total

$10.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

RAÚL FEDERICO SAEZ SCHMIDLIN

Socio

50%

CECILIA ALEJANDRA HOPE RIFFO

Socio

50%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha trece de Junio de dos mil diecisiete, ante mí, don RAÚL FEDERICO SAEZ SCHMIDLIN, domiciliado en camino Botrolhue kilómetro seis, parcela cuatro b, de la ciudad y comuna de Temuco; y doña CECILIA ALEJANDRA HOPE RIFFO, domiciliada en camino Botrolhue kilómetro seis, parcela cuatro b, de la ciudad y comuna de Temuco, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada.- RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD COMERCIAL RACEMA LIMITADA”, nombre de fantasía “SOCIEDAD RACEMA LTDA.”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá al socio don RAÚL FEDERICO SAEZ SCHMIDLIN, facultades en pacto social.- CAPITAL: DIEZ MILLONES DE PESOS, aportado de la siguiente forma: don RAÚL FEDERICO SAEZ SCHMIDLIN la suma de cinco millones de pesos, que enterará, en el plazo de DOS años contados desde fecha escritura, de acuerdo a los requerimiento sociales, en dinero efectivo y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales; y doña CECILIA ALEJANDRA HOPE RIFFO aporta la suma de cinco millones de pesos, que enterará, en el plazo de DOS años contados desde fecha escritura, de acuerdo a los requerimiento sociales, en dinero efectivo y/o con cargo a utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- OBJETO: será: a) El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras.- b) Así también, la compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte -en vehículos propios o ajenos- distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación, c) Así también, toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícula o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, d) Por su parte, también podrá realizar transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; e) También, el embalaje de toda clase de mercadería, muebles, menaje y cualquiera cosa que sea necesario preparar para su traslado de un domicilio a otro, sea dentro del país, sea para o desde el extranjero. Al respecto, la empresa puede ser, además, filial de otra empresa extranjera, acreditada en el rubro, y puede ser comisionista o intermediaria entre el cliente y otra empresa del ramo, en su caso. Asimismo, podrá contratar, por sí, o para terceros, fletes con empresas de transporte; y realizar los fletes y mudanzas en vehículos propios o en otros tomados en arrendamiento. Podrá realizar las operaciones de importación y exportación de mercaderías y otros bienes y realizar todas las acciones que correspondan, en la actualidad o en el futuro, a embalajes, fletes y mudanzas; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; f) En general ejecutar cualquier tipo de actividad o negocios, actos y contratos, que sean conducentes al mejor cumplimiento del objeto de la sociedad, relacionado directa o indirectamente con el giro social. DURACION: empezará a regir con fecha escritura y tendrá una duración de CUATRO años, plazo que se entenderá renovado y/o prorrogados por periodos sucesivos e iguales de ocho años cada uno, forma establecida en escritura.- DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de las sucursales que los miembros de la sociedad establezcan en el futuro.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 15 de Junio de 2017.-

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