Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Comercial Fronteras Del Sur Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 de mai. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-05-25Ver PDF (CVE 1594993)

Informações societárias

Ltda
Providencia, Región Metropolitana
Duração: cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término
Administração: La administración y el uso de la razón social corresponderán a ambos socios en conjunto quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán, con las más amplias facultades.

Objeto social

la comercialización y/o prestación de diversos productos y/o servicios

Capital

Capital total

$8.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

JOSE MANUEL MELAJ HADDAD

Socio

50%

MIGUEL ANGEL SALAZAR BELTRAN

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, 2 piso, Santiago, comuna de Santiago, certificó: Por escritura pública de fecha 26 de abril de 2019, otorgada ante mí, JOSE MANUEL MELAJ HADDAD Condell número ochocientos seis, providencia, Santiago, y don MIGUEL ANGEL SALAZAR BELTRAN, Fundo Las Canchas, de la ciudad de Puerto Montt, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. El objeto de la sociedad es la comercialización y/o prestación de diversos productos y/o servicios. Razón social será "SOCIEDAD COMERCIAL FRONTERAS DEL SUR LIMITADA”. Nombre fantasía FRONTERAS DEL SUR LTDA..- La administración y el uso de la razón social corresponderán a ambos socios en conjunto quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán, con las más amplias facultades. Capital social será la suma de ocho millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) don Manuel Melaj Haddad suscribe el cincuenta por ciento del capital social, pagado en diez cuotas de doscientos mil pesos, una en este acto y las otras en forma mensual a partir de diciembre del año dos mil diecinueve. b) don Miguel Salazar Beltrán suscribe el cincuenta por ciento del capital social, pagado en dos cuotas de doscientos mil pesos, una en este acto y las otras en forma mensual a partir de diciembre del año dos mil diecinueve.- Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. La sociedad empezará a regir el día de este año y tendrá una duración de cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, en la forma que se indica pacto que se extracta.- Santiago, 6 de mayo de 2019.

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