Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Comercial, Agrícola & Transporte Araya E Hijos Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 de nov. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-11-27Ver PDF (CVE 1688379)

Informações societárias

Ltda
Illapel, Coquimbo
Duração: 25 años
Administração: Será ejercida por los socios Antonio Andrés Araya Santiago, y María Angélica Araya Santiago, conjuntamente e indistintamente, uno cualquiera de ellos, con todas las facultades establecidas en la cláusula CUARTO del pacto social.

Objeto social

Dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, a cualquier clase de actividad relacionada con la explotación del giro agrícola, la adquisición, enajenación y explotación de predios agrícolas y la adquisición, enajenación, comercialización y distribución de toda clase de artículos y mercaderías agrícolas y de toda otra actividad que diga relación con ese ramo. Podrá organizar sociedades o empresas que exploten dicho giro, podrá tomar concesiones en este rubro, crearlas, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el giro en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- La explotación del giro de transportes de carga, otras formas complementarias de transporte y toda otra actividad que diga relación con ese ramo y la adquisición y comercialización de vehículos de carga, repuestos y partes de éstos. Podrá organizar sociedades o empresas que exploten dicho giro, podrá tomar concesiones de líneas de transporte, crearlas, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el transporte en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; Cualquier otro objeto o giro que a futuro acordaren los socios.

Capital

Capital total

$40.000.000

Capital integralizado

$40.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Antonio Andrés Araya Santiago

Socio

15.xxx.xxx-3

80%

María Angélica Araya Santiago

Socio

16.xxx.xxx-5

20%

Administradores (2)

Antonio Andrés Araya Santiago

15.xxx.xxx-3Administrador

María Angélica Araya Santiago

16.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial do extrato

MARINA ELIANA CAÑAS JORQUERA, abogado, Notario Público y Conservador de Minas Interino de Illapel, con oficio en calle O’Higgins Nº 128, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, don Antonio Andrés Araya Santiago, chileno, casado, empleado, cédula de identidad 15.573.936-3; y doña María Angélica Araya Santiago, chilena, soltera, enfermera, cédula de identidad 16.848.685-5, ambos con domicilio parcela 3, sector El Maitén, Comuna de Illapel, constituyeron sociedad responsabilidad limitada; Razón social: "SOCIEDAD COMERCIAL, AGRÍCOLA & TRANSPORTE ARAYA E HIJOS LIMITADA" pudiendo además funcionar y actuar con el nombre de fantasía"AGROCHOAPA LTDA.".- Domicilio: Ciudad de Illapel, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del territorio nacional o en el extranjero.- Objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, a cualquier clase de actividad relacionada con la explotación del giro agrícola, la adquisición, enajenación y explotación de predios agrícolas y la adquisición, enajenación, comercialización y distribución de toda clase de artículos y mercaderías agrícolas y de toda otra actividad que diga relación con ese ramo. Podrá organizar sociedades o empresas que exploten dicho giro, podrá tomar concesiones en este rubro, crearlas, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el giro en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- La explotación del giro de transportes de carga, otras formas complementarias de transporte y toda otra actividad que diga relación con ese ramo y la adquisición y comercialización de vehículos de carga, repuestos y partes de éstos. Podrá organizar sociedades o empresas que exploten dicho giro, podrá tomar concesiones de líneas de transporte, crearlas, tomar interés o participación en ellas, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el transporte en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el estado y, en general, celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; Cualquier otro objeto o giro que a futuro acordaren los socios. Administración y uso de la razón social: Será ejercida por los socios Antonio Andrés Araya Santiago, y María Angélica Araya Santiago, conjuntamente e indistintamente, uno cualquiera de ellos, con todas las facultades establecidas en la cláusula CUARTO del pacto social.- Capital social: $40.000.000, aportado de la siguiente forma: a) Antonio Andrés Araya Santiago:$32.000.000, en dinero efectivo, enterado este acto en caja social; y b) María Angélica Araya Santiago: $8.000.000, en dinero efectivo, enterado este acto en caja social.- Duración: 25 años, contados desde esta fecha, renovables según pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Illapel, 25 Noviembre 2.019.

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  1. CONSTITUCIÓN

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