Sociedade por Ações

Sistemas De Seguridad Crit Chile SpA

CONSTITUCIÓN — 5 de dez. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-12-05Ver PDF (CVE 1692429)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida

Objeto social

La instalación de sistemas de seguridad en sus mas diversas formas y cualquier otro sistema tecnológico, la prestación de servicios y consultorías y en general la realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los fines empresariales sin restricción de ninguna especie y todo objeto que se acuerde ; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (2)

NomeParticipação

MAURICIO GONZALO URETA RODRIGUEZ

Accionista

90%

RICARDO ANDRES MORALES OLATE

Accionista

10%

Texto oficial do extrato

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 25/11/2019 ante mí: MAURICIO GONZALO URETA RODRIGUEZ, de nacionalidad chilena, casado, empresario, domiciliado en Alvarge Poniente número dos mil ciento cincuenta y ocho, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana de Santiago; y RICARDO ANDRES MORALES OLATE, de nacionalidad chilena, casado bajo el régimen separación de bienes, empresario, con domicilio en Avenida La Hacienda número ocho mil sesenta y seis, casa trece, Comuna de Puente Alto, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, mayores de edad, constituyeron una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Sistemas de Seguridad CRIT Chile SpA”, sin perjuicio se usar el nombre de fantasía o sigla comercial de “CRIT Sistemas de Seguridad” pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto : La instalación de sistemas de seguridad en sus mas diversas formas y cualquier otro sistema tecnológico, la prestación de servicios y consultorías y en general la realización de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los fines empresariales sin restricción de ninguna especie y todo objeto que se acuerde ; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. DURACION: La sociedad tendrá una duración indefinida a contar de esta fecha. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a un millón de pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal a) se suscriben noventa acciones íntegramente por don MAURICIO GONZALO URETA RODRIGUEZ, equivalentes al noventa por ciento del capital social y noventa por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de novecientos mil pesos, ya ingresado a caja social; b) se suscriben diez acciones por don RICARDO ANDRES MORALES OLATE, equivalentes al diez por ciento del capital social y diez por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de cien mil pesos, ya ingresado a caja social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 02 de Diciembre de 2019.

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