Sociedade de Responsabilidade Limitada

Servicios Jurídicos Rivera Muñoz Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 de abr. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-04-12Ver PDF (CVE 2478371)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: dos años a contar de la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de un año cada uno
Administração: La administración de la sociedad corresponderá a Francisco Hernán Rivera Rivera, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario

Objeto social

prestar toda clase de servicios jurídicos, de cualquier naturaleza y otorgar todo tipo de asesoría legal a todo tipo de personas, naturales o jurídicas y, en general, realizar todas las demás actividades necesarias, complementarias o relacionadas al objeto social

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Francisco Hernán Rivera Rivera

Socio

15.xxx.xxx-0

60%

Carlos Andrés Muñoz Álvarez

Socio

16.xxx.xxx-0

40%

Administradores (1)

Francisco Hernán Rivera Rivera

15.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

Jesús Osses Reveco, Abogado, Notario Público Titular, Segunda Notaria de La Serena, Cordovez 317, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, FRANCISCO HERNÁN RIVERA RIVERA, cédula nacional de identidad Nº 15.053.777-0; y CARLOS ANDRÉS MUÑOZ ÁLVAREZ, cédula nacional de identidad Nº 16.053.714-0, ambos con domicilio para estos efectos en calle Cristóbal Colón Nº 352, oficina 210, de paso en esta ciudad, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyo estatuto se extracta lo siguiente: Del nombre o la razón social. El nombre o razón social será “SERVICIOS JURÍDICOS RIVERA MUÑOZ LIMITADA", pudiendo abreviarse la palabra limitada. Del objeto de la sociedad. El objeto de la sociedad consistirá en prestar toda clase de servicios jurídicos, de cualquier naturaleza y otorgar todo tipo de asesoría legal a todo tipo de personas, naturales o jurídicas y, en general, realizar todas las demás actividades necesarias, complementarias o relacionadas al objeto social. De la administración de la sociedad y del uso de la razón social. La administración de la sociedad corresponderá a Francisco Hernán Rivera Rivera quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se detallan en escritura extractada. Del capital social. El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.-, que se aporta, entera y paga en la siguiente forma: a) Don FRANCISCO HERNÁN RIVERA RIVERA, aporta la suma de $600.000.-, que entera y paga en este acto en dinero efectivo, ya ingresado al haber social. b) Don CARLOS ANDRÉS MUÑOZ ÁLVAREZ, aporta la suma de $400.000.-, que entera y paga en este acto en dinero efectivo, ya ingresado al haber social. En consecuencia, el interés en el capital social queda distribuido entre los socios en un porcentaje equivalente al 60% para FRANCISCO HERNAN RIVERA RIVERA, y un 40% para CARLOS ANDRÉS MUÑOZ ÁLVAREZ. De la limitación de responsabilidad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. De la duración de la sociedad. La sociedad durará dos años a contar de la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de un año cada uno, en la forma señalada en escritura extractada. Domicilio social. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago. Podrá, con todo, abrir sucursales en el resto del país o en el extranjero. La Serena, 09 de abril de 2024.

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