Sociedade por Ações

Servicios Integrales Lugo Y Rosas SpA

CONSTITUCIÓN — 30 de ago. de 2021

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-08-30Ver PDF (CVE 2002432)

Informações societárias

SpA
San Fernando, O'Higgins
Duração: indefinida
Administração: Separada e indistintamente por DORIAN JOSÉ LUGO GALLO y MIRIAM ELENA ROSAS ROSAS, con las más amplias facultades.

Objeto social

La prestación de servicios en el área de la salud y el ejercicio de la medicina en todas sus formas, lo cual podrá desarrollarse en forma o mediante convenio sea a particulares o beneficiarios del fondo nacional de salud o instituciones de salud previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. La prestación de servicios médicos profesionales en todas sus especialidades, para cuyo efecto podrá comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, clínicas, y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, física, psíquica y estética de personas. La sociedad podrá celebrar todo tipo de contratos sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, ello de conformidad a las normas del derecho común. Compra, venta, arriendo, importación y exportación por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes, equipos médicos, insumos clínicos, exámenes, materias primas y bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza. La ejecución, gestión o explotación de toda clase de negocios o actividades de carácter inmobiliario, por cuenta propia y/o ajena, tales como la compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing, subarrendamiento, consignación, administración, comercialización de bienes raíces y cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos de ellos. También se comprenderá dentro del giro de la sociedad toda otra operación o negociación que directa o indirectamente esté relacionada con las anteriores, que sean conducentes al cumplimiento de sus finalidades o consecuencias de ellas. Pudiendo, además, la sociedad desarrollar válidamente cualquier otra actividad que acuerden los socios, esté o no relacionada con los rubros anteriormente señalados.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Ações

50

Sócios (3)

NomeParticipação

MIRIAM ELENA ROSAS ROSAS

Accionista

25.xxx.xxx-0

10%

DORIAN JOSE LUGO GALLO

Accionista

25.xxx.xxx-k

10%

HORTENCIA MARGARITA ROSAS DE ROSAS

Accionista

26.xxx.xxx-8

80%

Administradores (2)

DORIAN JOSÉ LUGO GALLO

25.xxx.xxx-kAdministrador

MIRIAM ELENA ROSAS ROSAS

25.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

ALBERTO ANGEL ORTEGA JIRON, Abogado, Notario Público Titular, 1 Notaria de San Fernando, Chillán Nº 620, San Fernando, certifica: Que por escritura de hoy, ante mí: doña MIRIAM ELENA ROSAS ROSAS, soltera, médico cirujano, cédula de Identidad para extranjeros número 25.782.528-0, domiciliada en Parronales de Pedehue, Calle Béjares, Pasaje Lo Avellanos número cero cuarenta y uno, comuna de San Fernando; doña DORIAN JOSE LUGO GALLO, soltero, médico cirujano, cédula de Identidad para extranjeros número 25.629.057-K, domiciliado en Parronales de Pedehue, Calle Béjares, Pasaje Lo Avellanos número cero cuarenta y uno, comuna de San Fernando; doña HORTENCIA MARGARITA ROSAS DE ROSAS, soltera, independiente, cédula de Identidad para extranjeros número 26.111.790-8, domiciliada en Parronales de Pedehue, Calle Béjares, Pasaje Lo Avellanos número cero cuarenta y uno, comuna de San Fernando; constituye sociedad SpA conforme a la ley número veinte mil ciento noventa y sus modificaciones. Razón social: “SERVICIOS INTEGRALES LUGO Y ROSAS SpA”. Nombre fantasía “SERVICIOS MEDICOS LUGO Y ROSAS SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de San Fernando, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país.- Objeto: a) La prestación de servicios en el área de la salud y el ejercicio de la medicina en todas sus formas, lo cual podrá desarrollarse en forma o mediante convenio sea a particulares o beneficiarios del fondo nacional de salud o instituciones de salud previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. b) La prestación de servicios médicos profesionales en todas sus especialidades, para cuyo efecto podrá comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, clínicas, y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, física, psíquica y estética de personas. c) La sociedad podrá celebrar todo tipo de contratos sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, ello de conformidad a las normas del derecho común. d) Compra, venta, arriendo, importación y exportación por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes, equipos médicos, insumos clínicos, exámenes, materias primas y bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza. e) La ejecución, gestión o explotación de toda clase de negocios o actividades de carácter inmobiliario, por cuenta propia y/o ajena, tales como la compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing, subarrendamiento, consignación, administración, comercialización de bienes raíces y cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos de ellos. f) También se comprenderá dentro del giro de la sociedad toda otra operación o negociación que directa o indirectamente esté relacionada con las anteriores, que sean conducentes al cumplimiento de sus finalidades o consecuencias de ellas. Pudiendo, además, la sociedad desarrollar válidamente cualquier otra actividad que acuerden los socios, esté o no relacionada con los rubros anteriormente señalados. La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá separada e indistintamente a don DORIAN JOSÉ LUGO GALLO y doña MIRIAM ELENA ROSAS ROSAS, con las más amplias facultades. El capital. El capital de la sociedad será la cantidad $10.000.000 dividido en 50 acciones nominativas, ordinarias, todas de la misma serie y valor, sin valor nominal, suscritas y pagadas en su totalidad, la accionista doña MIRAM ELENA ROSAS ROSAS aporta y entera en dinero efectivo, cinco acciones, completando la suma de un millón de pesos; el accionista don DORIAN JOSE LUGO GALLO aporta y entera en dinero efectivo, cinco acciones, completando la suma de un millón de pesos; y la accionista doña HORTENCIA MARGARITA ROSAS DE ROSAS aporta y entera en dinero efectivo, cuarenta acciones, completando la suma de ocho millones de pesos. El capital queda totalmente enterado. Duración de la Sociedad será indefinida a contar de esta fecha. San Fernando. Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando, 20 de agosto de 2021.-

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