Sociedade por Ações

Servicios De Construcción Y Obras Civiles Trancura SpA

CONSTITUCIÓN — 24 de mar. de 2021

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-03-24Ver PDF (CVE 1915056)

Informações societárias

SpA
Concepción, Biobío
Duração: indefinidamente
Administração: La sociedad será administrada y representada judicial y extrajudicialmente por un Gerente General.

Objeto social

El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones; La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil; el diseño, elaboración, fabricación, reparación, comercialización, por cuenta propia o ajena, de estructuras, piezas y partes de aluminio y pvc y estructuras que requieran servicios de maestranza y/o tornería industrial, tales como galpones y estanques, entre otros, mantención de equipos mecánicos, estructuras metálicas, señalización, pintura, fabricación, reparación y venta de maquinarias y otras herramientas del giro; la realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura; la adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación; el desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales; la promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz; las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial; la ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal; la construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y, en general, todo lo relacionado con servicios públicos; los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica y/o a gas; los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo; los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura; la construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general, en concreto o metálicas; la enajenación de materiales afines a la construcción, nuevos y de sobrantes de obra; la participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula; la adquisición, a título oneroso, de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute la sociedad, por sí o por cuenta de terceros, pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción; la sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos, privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y, en general, asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras; la compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios; la enajenación, a cualquier título, de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y, en general, de activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su patrimonio social; la adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción; la compra, venta y arrendamiento de maquinarias, vehículos y equipos, en especial grúas de horquilla, grúas torre, grúas pluma, camiones grúa y de todo tipo, con o sin operador o chofer y, en general, el alquiler de cualquier tipo de maquinarias y equipos de construcción e ingeniería civil, y de cualquier otro, así como su reparación y mantenimiento. Para el desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá: Adquirir, gravar, enajenar, limitar y dar en garantía toda clase de bienes raíces, muebles, equipos e implementos para la ejecución de obras y construcciones para respaldar obligaciones propias o de terceros y celebrar contratos en virtud de los cuales la sociedad tome a su cargo, directamente o por conducto de contratistas, la planeación o ejecución de estudios de factibilidad, de mercadeo y de actividades accesorias a la construcción de obras de urbanización, parcelación en áreas urbanas, suburbanas o rurales; la asociación con terceros para el desarrollo y ejecución de programas de urbanización, parcelación o construcción; establecer talleres para la reparación, sostenimiento y construcción de equipos; producir materiales destinados a obras civiles o construcciones, y explotar canteras, playas y demás depósitos naturales o yacimientos de materiales para la construcción, con o sin destino a sus obras, o a la venta de los mismos; contratar la ejecución de obras o trabajos bajo las diferentes modalidades comerciales o administrativas de contratación; asociarse con terceros para la ejecución de obras o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la modalidad de consorcios, uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación o participación; subcontratar obras o parte de ellas; hacer inversiones de fomento y desarrollo para el aprovechamiento de incentivos de carácter fiscal autorizados por la ley o transitoriamente como utilización fructífera de fondos o recursos no necesarios de inmediato para el desarrollo de los negocios sociales; celebrar operaciones de crédito por activa o por pasiva con toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar en garantía sus bienes muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos para el desarrollo de la empresa; comprar para revender, licitar o constituir sociedades filiales o promoverlas; formar u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios, absorberlas y fusionarse con ellas. Y, en general, celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue la sociedad o que puedan favorecer o desarrollar sus negocios o que en forma directa o indirecta se relacionen con el objeto social, así como todos aquellos que estén orientados a cumplir las obligaciones o a ejercer los derechos que legal o convencionalmente se deriven de la existencia y actividad de la sociedad.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (1)

NomeParticipação

MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA ESCOBAR

Accionista

7.xxx.xxx-4

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

CÉSAR ANDRÉS SUÁREZ SÁNCHEZ, Notario Público titular de la Segunda Notaría de Bulnes en Quillón, con oficio en O´Higgins 573 de esta comuna, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 19 de marzo de 2021, Repertorio 197-2021, MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA ESCOBAR, chileno, empresario, soltero, CNI. 7.649.301-4, domicilio Avenida Torreones Oeste 1852, Concepción; constituye una sociedad por acciones.- NOMBRE: El nombre de la sociedad será: “SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS CIVILES TRANCURA SPA”, pudiendo actuar válidamente ante cualquier entidad pública o privada con el nombre de fantasía: “CONSTRUCTORA TRANCURA SPA”.- DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Concepción, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse dentro del país o el extranjero.- DURACIÓN: La sociedad durará indefinidamente a contar de esta fecha.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones; La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil; el diseño, elaboración, fabricación, reparación, comercialización, por cuenta propia o ajena, de estructuras, piezas y partes de aluminio y pvc y estructuras que requieran servicios de maestranza y/o tornería industrial, tales como galpones y estanques, entre otros, mantención de equipos mecánicos, estructuras metálicas, señalización, pintura, fabricación, reparación y venta de maquinarias y otras herramientas del giro; la realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura; la adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación; el desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales; la promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz; las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial; la ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal; la construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y, en general, todo lo relacionado con servicios públicos; los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica y/o a gas; los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo; los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura; la construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general, en concreto o metálicas; la enajenación de materiales afines a la construcción, nuevos y de sobrantes de obra; la participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula; la adquisición, a título oneroso, de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute la sociedad, por sí o por cuenta de terceros, pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción; la sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos, privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y, en general, asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras; la compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios; la enajenación, a cualquier título, de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y, en general, de activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su patrimonio social; la adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción; la compra, venta y arrendamiento de maquinarias, vehículos y equipos, en especial grúas de horquilla, grúas torre, grúas pluma, camiones grúa y de todo tipo, con o sin operador o chofer y, en general, el alquiler de cualquier tipo de maquinarias y equipos de construcción e ingeniería civil, y de cualquier otro, así como su reparación y mantenimiento. Para el desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá: Adquirir, gravar, enajenar, limitar y dar en garantía toda clase de bienes raíces, muebles, equipos e implementos para la ejecución de obras y construcciones para respaldar obligaciones propias o de terceros y celebrar contratos en virtud de los cuales la sociedad tome a su cargo, directamente o por conducto de contratistas, la planeación o ejecución de estudios de factibilidad, de mercadeo y de actividades accesorias a la construcción de obras de urbanización, parcelación en áreas urbanas, suburbanas o rurales; la asociación con terceros para el desarrollo y ejecución de programas de urbanización, parcelación o construcción; establecer talleres para la reparación, sostenimiento y construcción de equipos; producir materiales destinados a obras civiles o construcciones, y explotar canteras, playas y demás depósitos naturales o yacimientos de materiales para la construcción, con o sin destino a sus obras, o a la venta de los mismos; contratar la ejecución de obras o trabajos bajo las diferentes modalidades comerciales o administrativas de contratación; asociarse con terceros para la ejecución de obras o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la modalidad de consorcios, uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación o participación; subcontratar obras o parte de ellas; hacer inversiones de fomento y desarrollo para el aprovechamiento de incentivos de carácter fiscal autorizados por la ley o transitoriamente como utilización fructífera de fondos o recursos no necesarios de inmediato para el desarrollo de los negocios sociales; celebrar operaciones de crédito por activa o por pasiva con toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar en garantía sus bienes muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos para el desarrollo de la empresa; comprar para revender, licitar o constituir sociedades filiales o promoverlas; formar u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios, absorberlas y fusionarse con ellas. Y, en general, celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue la sociedad o que puedan favorecer o desarrollar sus negocios o que en forma directa o indirecta se relacionen con el objeto social, así como todos aquellos que estén orientados a cumplir las obligaciones o a ejercer los derechos que legal o convencionalmente se deriven de la existencia y actividad de la sociedad.- CAPITAL: $20.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias y nominativas de una sola serie, sin valor nominal.- CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El capital social se suscribe en su totalidad, así: MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA ESCOBAR, quien paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, 100 acciones por un valor de $20.000.000.- En consecuencia, el capital queda completamente suscrito y pagado.- ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada judicial y extrajudicialmente por un Gerente General. Se designa como Gerente General a MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA ESCOBAR para actuar en representación de la sociedad, con las facultades establecidas en el artículo quinto del estatuto social.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Quillón, 22 de marzo de 2021.-

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