Sociedade de Responsabilidade Limitada

Servicio De Vigilancia Privada Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 de mai. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-05-24Ver PDF (CVE 2496378)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: Cinco años, prorrogable automáticamente y sucesivamente por períodos iguales de cinco años
Administração: Corresponderá a uno cualquiera de los socios Alicia Estefanía Hinrichsen Ramírez y Tomás Benjamín Hinrichsen Ramirez, quienes obrando cualquiera de ellos, indistintamente, contarán con las más amplias facultades, sin limitación alguna y según las facultades indicadas en la escritura extractada.

Objeto social

Prestación de servicios de vigilancia, protección y seguridad de establecimientos, sucursales, lugares, faenas y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas o bienes que puedan encontrarse en ellos; y, en general, la prestación de servicios de seguridad privada mediante el desarrollo de cualquier actividad o medida de carácter preventiva, coadyuvante y complementaria de la seguridad pública, destinadas a la protección de personas, bienes y procesos productivos.

Capital

Capital total

$50.000.000

Capital integralizado

$50.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (6)

NomeParticipação

TOMÁS BENJAMÍN HINRICHSEN RAMIREZ

Socio

34%

ALICIA ESTEFANÍA HINRICHSEN RAMÍREZ

Socio

20%

DAVID ALBERTO BELMAR OPAZO

Socio

10%

DEBORA NATALY MUÑOZ BUSTOS

Socio

20%

CARLOS RICARDO MORA GARRIDO

Socio

8%

MARCELO ENRIQUE CALVO CEBALLOS

Socio

8%

Representantes perante o SII (2)

Texto oficial do extrato

JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Notario Público, titular de la 12° Notaría de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco N°980, de la comuna de Concepción, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 17 de Mayo de 2024, bajo el repertorio N°1.344-2024, ante mí, don TOMÁS BENJAMÍN HINRICHSEN RAMIREZ, domiciliado en Riquelme quinientos cincuenta, comuna de Talcahuano; ALICIA ESTEFANÍA HINRICHSEN RAMÍREZ, domiciliada en Colo Colo setecientos cuarenta y dos, departamento quinientos siete, comuna de Los Ángeles; DAVID ALBERTO BELMAR OPAZO, domiciliado en Colo Colo setecientos cuarenta y dos, departamento quinientos siete, Los Ángeles; DEBORA NATALY MUÑOZ BUSTOS, domiciliada en domiciliado en Dalcahue ochocientos setenta y nueve, población Diego Portales, Talcahuano; CARLOS RICARDO MORA GARRIDO, domiciliado en Ventus mil seiscientos veinticuatro, Barrio Norte, comuna de Concepción; y MARCELO ENRIQUE CALVO CEBALLOS, domiciliado en pasaje Guindo cuatro mil novecientos nueve, Vegas de Perales, comuna de Talcahuano; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA LIMITADA. Objeto: Prestación de servicios de vigilancia, protección y seguridad de establecimientos, sucursales, lugares, faenas y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas o bienes que puedan encontrarse en ellos; y, en general, la prestación de servicios de seguridad privada mediante el desarrollo de cualquier actividad o medida de carácter preventiva, coadyuvante y complementaria de la seguridad pública, destinadas a la protección de personas, bienes y procesos productivos. Administración, representación de la sociedad y uso de razón social: corresponderán a uno cualquiera de los socios ALICIA ESTEFANÍA HINRICHSEN RAMÍREZ y TOMÁS BENJAMÍN HINRICHSEN RAMÍREZ, quienes obrando cualquiera de ellos, indistintamente, contarán con las más amplias facultades, sin limitación alguna y según las facultades indicadas en la escritura extractada. Capital: $50.000.000 que los socios enteran al contado y en dinero efectivo, en la forma que se señala en la escritura extractada, por los siguientes montos: a) Tomás Benjamín Hinrichsen Ramírez, la suma de diecisiete millones de pesos, equivalente al treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales; b) Alicia Estefanía Hinrichsen Ramírez, la suma de diez millones de pesos, equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales; c) David Alberto Belmar Opazo, la suma de cinco millones de pesos, equivalente al diez por ciento de los derechos sociales; d) Debora Nataly Muñoz Bustos, la suma de diez millones de pesos, equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales; e) Carlos Ricardo Mora Garrido, la suma de cuatro millones de pesos, equivalente al ocho por ciento de los derechos sociales; f) Marcelo Enrique Calvo Ceballos, la suma de cuatro millones de pesos, equivalente al ocho por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años. Este plazo será prorrogable en forma automática y sucesiva por períodos iguales de cinco años, a menos que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término a la sociedad con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período vigente, en la forma señalada en la escritura extractada. Domicilio: Concepción. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 22 de Mayo de 2024.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    SERVICIO DE VIGILANCIA PRIVADA LIMITADA

    CVE 2496378

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial