Sociedade por Ações

Santiago Arte Contemporáneo (Sac) SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de jul. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-07-11Ver PDF (CVE 1619730)

Informações societárias

SpA
Las Condes, Región Metropolitana

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) El diseño, planificación, coordinación, producción y ejecución de ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, y cualquier otro evento comercial dentro del ámbito de la cultura; b) El arriendo, subarriendo, alquiler, venta, permuta y comercialización de espacios, stands, galerías, pabellones, puestos, carritos de comida y food trucks, en el marco de las ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, que se produzcan de conformidad a lo señalado en la letra a) anterior; c) La organización, planificación y realización de seminarios, charlas, conversatorios, think tanks, talleres y workshops, en el marco de las ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, que se produzcan de conformidad a lo señalado en la letra a) anterior; d) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo a, actividades relacionadas con la producción y ejecución de ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, y cualquier otro evento comercial dentro del ámbito de la cultura; e) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios; realizar inversiones en Moneda Nacional, Dólares de los Estados Unidos de América, Euro, Yen y, en general, en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean estas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, de comunidades, fundaciones, corporaciones y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, transformación, división, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte, y g) Desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro.

Capital

Capital total

$1.200.000

Capital pendente

$1.200.000

Ações

1.200.000

Sócios (3)

NomeParticipação

Alejandra Valenzuela Oyanedel

Accionista

14.xxx.xxx-7

33.34%

Cristóbal Garay Pérez

Accionista

10.xxx.xxx-9

33.33%

Luis Felipe Forteza Helfmann

Accionista

9.xxx.xxx-3

33.33%

Texto oficial do extrato

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí con esta misma fecha, en esta Notaría, repertorio número 4619/2019, se constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: SANTIAGO ARTE CONTEMPORÁNEO (SAC) SpA. Accionistas: Doña Alejandra Valenzuela Oyanedel, cédula de identidad número 14.122.777-7, don Cristóbal Garay Pérez, cédula de identidad número 10.578.833-9, y don Luis Felipe Forteza Helfmann, cédula de identidad número 9.250.992-3. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) El diseño, planificación, coordinación, producción y ejecución de ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, y cualquier otro evento comercial dentro del ámbito de la cultura; b) El arriendo, subarriendo, alquiler, venta, permuta y comercialización de espacios, stands, galerías, pabellones, puestos, carritos de comida y food trucks, en el marco de las ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, que se produzcan de conformidad a lo señalado en la letra a) anterior; c) La organización, planificación y realización de seminarios, charlas, conversatorios, think tanks, talleres y workshops, en el marco de las ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, que se produzcan de conformidad a lo señalado en la letra a) anterior; d) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo a, actividades relacionadas con la producción y ejecución de ferias comerciales de artes visuales, bienales de artes visuales, bazares, eventos, inauguraciones, exhibiciones y exposiciones de obras artísticas, y cualquier otro evento comercial dentro del ámbito de la cultura; e) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo de fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios; realizar inversiones en Moneda Nacional, Dólares de los Estados Unidos de América, Euro, Yen y, en general, en cualquier otra moneda extranjera, dentro y fuera del territorio de la República de Chile, sean estas en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, bonos, pagarés, ADR, cuotas, efectos de comercio, títulos o valores mobiliarios y en acciones, derechos y/o participaciones en sociedades, compañías, corporaciones, comunidades, asociaciones y en cualquier clase de personas jurídicas con o sin fines de lucro, cuyas acciones y/o derechos se transen o no en los mercados bursátiles mundiales; f) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, de comunidades, fundaciones, corporaciones y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la sociedad, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, transformación, división, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte, y g) Desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.200.000, dividido en 1.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscribe íntegramente y se pagará de la siguiente forma: (a) doña Alejandra Valenzuela Oyanedel suscribe 400.000 acciones, equivalentes al 33,34 por ciento del capital, por un monto de $400.000; (b) don Cristóbal Garay Pérez suscribe 400.000 acciones, equivalentes al 33,33 por ciento del capital, por un monto de $400.000, y (c) don Luis Felipe Forteza Helfmann suscribe 400.000 acciones, equivalentes al 33,33 por ciento del capital, por un monto de $400.000. Las acciones así suscritas serán pagadas dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de julio de 2019.

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