Sociedade por Ações

San Lucas Restaurante SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de fev. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-02-11Ver PDF (CVE 2270743)

Informações societárias

SpA
Providencia, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$1.000.000

Ações

100

Sócios (3)

NomeParticipação

CARLOS ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ

Accionista

-

JONÁS ANTONIO GÓMEZ ALONSO

Accionista

-

GONZALO JAVIER JADUE SELMAN

Accionista

-

Texto oficial do extrato

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, notario público titular de la 36° Notaria de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, ante mí, don CARLOS ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ, en representación de JONÁS ANTONIO GÓMEZ ALONSO, y don GONZALO JAVIER JADUE SELMAN, sanearon el extracto de la constitución de la Sociedad por Acciones “San Lucas Restaurante SpA” de fecha 25 de noviembre de 2022, otorgada ante don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario público Titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago, extracto inscrito a fojas 103602 Nº 45551 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022, y publicado en el Diario Oficial de fecha 19 de diciembre de 2022, el extracto de dicha escritura se sanea señalándose lo siguiente“Por un error involuntario, en el extracto de la escritura de constitución de la sociedad inscrita ante el Conservador de Bienes Raíces de Santiago y debidamente publicada en el Diario Oficial, se señaló como Capital de la sociedad el monto de dos millones de pesos dividido en doscientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, en circunstancias que de acuerdo a lo dispuesto en la escritura extractada el capital social es realmente del monto de un millón de pesos divididos en cien acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. – Santiago 02 de febrero de 2023.-

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-12-19Ver PDF (CVE 2236645)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

realizar por cuenta propia o de terceros, dentro y fuera del país: a) la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios gastronómicos generales, ya sean a través de establecimientos de comida rápida, bares, fuentes de soda, gelaterías, pizzerías y similares; servicios de comida preparada en forma industrial, servicios de banquetes y otras celebraciones, servicios de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, restaurantes, y todo acto relativo al impulso y desarrollo de acciones dirigidas a tal objeto; (b) la inversión, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; (c) la celebración y ejecución de toda clase de actos y contratos, operaciones financieras o negocios de efectos y valores, que tengan relación directa o indirectamente con lo señalado en la letra (a) anterior o que fuere necesario o conveniente para el cumplimento del mismo; (d) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad a fin a las anteriores; e) La instalación, explotación, el dar y tomar en arrendamiento restaurantes, kioskos, centros de eventos o cualquier clase de establecimiento donde se sirvan comidas; f) La organización de servicios de cumpleaños, entretención, catering, y producción de eventos en general en locales propios o ajenos; y g) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas.

Capital

Capital total

$2.000.000

Ações

200

Sócios (2)

NomeParticipação

JONÁS ANTONIO GÓMEZ ALONSO

Accionista

-

GONZALO JAVIER JADUE SELMAN

Accionista

-

Texto oficial do extrato

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, La Concepción Nº65, piso 2 Providencia, certifica: Que, por escritura pública de veinticinco de noviembre de dos mil veintidós, ante mí, don JONÁS ANTONIO GÓMEZ ALONSO, empresario individual y don GONZALO JAVIER JADUE SELMAN, ingeniero comercial, constituyeron una sociedad por acciones. El nombre de la sociedad es “San Lucas Restaurante SpA”; El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia o de terceros, dentro y fuera del país: a) la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios gastronómicos generales, ya sean a través de establecimientos de comida rápida, bares, fuentes de soda, gelaterías, pizzerías y similares; servicios de comida preparada en forma industrial, servicios de banquetes y otras celebraciones, servicios de otros establecimientos que expenden comidas y bebidas, restaurantes, y todo acto relativo al impulso y desarrollo de acciones dirigidas a tal objeto; (b) la inversión, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; (c) la celebración y ejecución de toda clase de actos y contratos, operaciones financieras o negocios de efectos y valores, que tengan relación directa o indirectamente con lo señalado en la letra (a) anterior o que fuere necesario o conveniente para el cumplimento del mismo; (d) en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad a fin a las anteriores; e) La instalación, explotación, el dar y tomar en arrendamiento restaurantes, kioskos, centros de eventos o cualquier clase de establecimiento donde se sirvan comidas; f) La organización de servicios de cumpleaños, entretención, catering, y producción de eventos en general en locales propios o ajenos; y g) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en doscientas acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 12 de Diciembre de dos mil veintidós.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    San Lucas Restaurante SpA

    CVE 2270743

  2. CONSTITUCIÓN

    San Lucas Restaurante SpA

    CVE 2236645

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