Sociedade de Responsabilidade Limitada

Rsm Chile Asesoría Legal Y Tributaria Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de fev. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-02-10Ver PDF (CVE 2269754)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 10 años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administração: La administración y uso de la razón social corresponde a JOHN EDUARDO DROGUETT SAAVEDRA, actuando individualmente o a GUILLERMO ANTONIO SEVERINO CAVIERES y OSCAR ANDRÉS AGUILAR SÁNCHEZ, actuando conjuntamente.

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de asesorías en materias legales, tributarias, comerciales, laborales, de auditoría y contabilidad.

Capital

Capital total

$100.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$90.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

JOHN EDUARDO DROGUETT SAAVEDRA

Socio

33%

ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA GONZÁLEZ

Socio

33%

GUILLERMO ANTONIO SEVERINO CAVIERES

Socio

17%

OSCAR ANDRÉS AGUILAR SÁNCHEZ

Socio

17%

Texto oficial do extrato

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41ª Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, comuna de Sa ntiago, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí: JOHN EDUARDO DROGUETT SAAVEDRA, ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA GONZÁLEZ, GUILLERMO ANTONIO SEVERINO CAVIERES y OSCAR ANDRÉS AGUILAR SÁNCHEZ, domiciliados en calle Cruz del Sur número 133, piso 4° , comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “RSM CHILE ASESORÍA LEGAL Y TRIBUTARIA LIMITADA”, pudiendo usar solo para los efectos de publicidad, propaganda y operaciones bancarias, el nombre de fantasía de "RSM CHILE TAX LTDA". OBJETO: La sociedad tiene por objeto la prestación de servicios de asesorías en materias legales, tributarias, comerciales, laborales, de auditoría y contabilidad. DOMICILIO: El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. DURACIÓN: 10 años a prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. CAPITAL: $100.000.000, que los socios aportan en la proporción y del modo que se indica a continuación: a) JOHN EDUARDO DROGUETT SAAVEDRA, aporta la cantidad de $33.000.000, equivalentes al 33% de los derechos sociales, de los cuales, paga en el acto, en dinero efectivo, $3.300.000, mientras que el saldo de $29.700.000, serán pagados en el plazo de 5 años, contados desde la fecha de escritura extractada, según las necesidades de la sociedad; b) ALEJANDRO SEBASTIÁN ESPINOSA GONZÁLEZ, aporta la cantidad de $33.000.000, equivalentes al 33% de los derechos sociales, de los cuales, paga en el acto, en dinero efectivo, $3.300.000, mientras que el saldo de $29.700.000, serán pagados en el plazo de 5 años, contados desde la fecha de escritura extractada, según las necesidades de la sociedad; c) GUILLERMO ANTONIO SEVERINO CAVIERES, aporta la cantidad de $17.000.000, equivalentes al 17% de los derechos sociales, de los cuales, paga en el acto, en dinero efectivo, $1.700.000, mientras que el saldo de $15.300.000, serán pagados en el plazo de 5 años, contados desde la fecha de escritura extractada, según las necesidades de la sociedad; y d) OSCAR ANDRÉS AGUILAR SÁNCHEZ, aporta la cantidad de $17.000.000, equivalentes al 17% de los derechos sociales, de los cuales, paga en el acto, en dinero efectivo, $1.700.000, mientras que el saldo de $15.300.000, serán pagados en el plazo de 5 años, contados desde la fecha de escritura extractada, según las necesidades de la sociedad. Los socios además aportan su trabajo personal en forma permanente y de acuerdo a las necesidades sociales. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponde a JOHN EDUARDO DROGUETT SAAVEDRA, actuando individualmente o a GUILLERMO ANTONIO SEVERINO CAVIERES y OSCAR ANDRÉS AGUILAR SÁNCHEZ, actuando conjuntamente. Los socios limitan expresamente su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de febrero de 2023.FELIX JARA CADOT. N.p.

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