Sociedade de Responsabilidade Limitada

Rentas Los Mallocos Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 de ago. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-08-14Ver PDF (CVE 2685740)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade, con las más amplias facultades.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (5)

NomeParticipação

Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade

Socio

96%

Tomás José Seco Urrutia

Socio

1%

Magdalena Seco Urrutia

Socio

1%

Aníbal Ignacio Seco Urrutia

Socio

1%

Begoña Seco Urrutia

Socio

1%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales No.5841, comuna de La Reina, certifica: Por escritura pública de 21 de julio de 2025, Repertorio No. 37625- 2025, ante mí, PABLO TOMÁS OSVALDO SECO FOURCADE, domiciliado, para estos efectos en Kilómetro 5.1, Camino Freire - Villarrica, El Corral, comuna de Freire, Novena Región, y de paso en ésta, TOMÁS JOSÉ SECO URRUTIA, MAGDALENA SECO URRUTIA, ANÍBAL IGNACIO SECO URRUTIA y BEGOÑA SECO URRUTIA, estos cuatro últimos representados por sus padres PABLO TOMÁS OSVALDO SECO FOURCADE y MARÍA ELIANA URRUTIA VERDUGO, todos domiciliados, para estos efectos, en Kilómetro 5.1, Camino Freire - Villarrica, El Corral, comuna de Freire, Novena Región, y de paso en ésta, constituyeron, sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “RENTAS LOS MALLOCOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “RENTAS LOS MALLOCOS LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade de la manera que se expresa en la escritura extractada, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos relativos a su objeto o giro ordinario no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade aporta la suma de $9.600.000.-, equivalentes al 96% del capital social, mediante (i) El aporte en dominio pleno del 100% de los derechos sociales que en su calidad de empresario individual sujeto a contabilidad completa tiene en “RENTAS ESPELETTE LIMITADA”, RUT 76.545.833-1, los que figuran registrados en su empresa individual, equivalentes al 24,8% del total de los derechos sociales. Para todos los efectos legales los socios valoran dicho aporte en la suma de $9.178.755.-, siendo este el valor tributario en que los respectivos derechos sociales estaban registrados en la empresa individual antes señalada, en el marco de una reorganización empresarial, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 inciso undécimo del Decreto Ley número 830 de 1974. (ii) El aporte, en su calidad de empresario individual sujeto a contabilidad completa, de $421.245.- que entera en el acto en dinero en efectivo en la caja social; b) Don Tomás José Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.-, que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social; c) Doña Magdalena Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.-, que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social; d) Don Aníbal Ignacio Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.- que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social; y, e) Doña Begoña Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.- que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2025.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-07-18Ver PDF (CVE 2673341)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: 5 años, prorrogables automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (5)

NomeParticipação

Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade

Socio

96%

Tomás José Seco Urrutia

Socio

1%

Magdalena Seco Urrutia

Socio

1%

Aníbal Ignacio Seco Urrutia

Socio

1%

Begoña Seco Urrutia

Socio

1%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales No.5841, comuna de La Reina, certifica: Por escritura pública de 14 de mayo de 2025, Repertorio No. 19915-2025, ante mí, PABLO TOMÁS OSVALDO SECO FOURCADE, domiciliado, para estos efectos en Kilómetro 5.1, Camino Freire - Villarrica, El Corral, comuna de Freire, Novena Región, y de paso en ésta, TOMÁS JOSÉ SECO URRUTIA, MAGDALENA SECO URRUTIA, ANÍBAL IGNACIO SECO URRUTIA y BEGOÑA SECO URRUTIA, estos cuatro últimos representados por sus padres PABLO TOMÁS OSVALDO SECO FOURCADE y MARÍA ELIANA URRUTIA VERDUGO, todos domiciliados, para estos efectos, en Kilómetro 5.1, Camino Freire - Villarrica, El Corral, comuna de Freire, Novena Región, y de paso en ésta, constituyeron, sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “RENTAS LOS MALLOCOS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “RENTAS LOS MALLOCOS LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade de la manera que se expresa en la escritura extractada, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos relativos a su objeto o giro ordinario no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Pablo Tomás Osvaldo Seco Fourcade aporta la suma de $9.600.000.-, equivalentes al 96% del capital social, mediante (i) El aporte en dominio pleno del 100% de los derechos sociales que en su calidad de empresario individual sujeto a contabilidad completa tiene en “RENTAS ESPELETTE LIMITADA”, RUT 76.545.833-1, los que figuran registrados en su empresa individual, equivalentes al 24,8% del total de los derechos sociales. Para todos los efectos legales los socios valoran dicho aporte en la suma de $9.178.755.-, siendo este el valor tributario en que los respectivos derechos sociales estaban registrados en la empresa individual antes señalada, en el marco de una reorganización empresarial, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 inciso undécimo del Decreto Ley número 830 de 1974. (ii) El aporte, en su calidad de empresario individual sujeto a contabilidad completa, de $421.245.- que entera en el acto en dinero en efectivo en la caja social; b) Don Tomás José Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.-, que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social; c) Doña Magdalena Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.-, que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social; d) Don Aníbal Ignacio Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.- que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social; y, e) Doña Begoña Seco Urrutia aporta la suma de $100.000.- que entera en este acto en dinero en efectivo en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de julio de 2025.

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