Sociedade por Ações

Punta del Viento SpA

CONSTITUCIÓN — 29 de ago. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-08-29Ver PDF (CVE 2692863)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administração: Conjunta y mancomunadamente por 3 administradores designados por los accionistas; actuando conjunta y mancomunadamente 2 cualesquiera de ellos.

Objeto social

Desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile, la construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación, almacenamiento y/o transmisión de energía eléctrica. Para tales efectos la Sociedad podrá: a) Llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales, como asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación, almacenamiento y transmisión de electricidad y realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; b) Comprar, vender, importar y exportar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, almacenamiento y transmisión de energía eléctrica; ii) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el objeto principal; iii) Ejecutar, sin limitación alguna, toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción, autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente; y iv) La generación y/o almacenamiento de energía eléctrica para lo cual podrá desarrollar, construir, financiar, explotar, operar y mantener, y comercializar energía eléctrica, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos de generación o almacenamiento de energía, en adelante los “Proyectos”; y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales Proyectos. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000.000

Sócios (1)

NomeParticipação

FRV SOLAR HOLDINGS 29, S.L.U.

Accionista

100%

Administradores (3)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago de, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada el 13 de agosto de 2025 (Repertorio 12.070-2025), ante mí, FRV SOLAR HOLDINGS 29, S.L.U. constituyó una sociedad por acciones denominada “PUNTA DEL VIENTO SpA”. El objeto de la sociedad es directamente, o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile, desarrollar las siguientes actividades: /i/ Desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, la construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación, almacenamiento y/o transmisión de energía eléctrica. Para tales efectos la Sociedad podrá: a) Llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales, como asimismo desarrollar, construir, operar y mantener todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación, almacenamiento y transmisión de electricidad y realizar todas las demás construcciones y obras complementarias para tales efectos; b) Comprar, vender, importar y exportar y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, almacenamiento y transmisión de energía eléctrica; /ii/ Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones relativas a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y administración que digan relación con el objeto principal; /iii/ Ejecutar, sin limitación alguna, toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción, autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente; y /iv/ La generación y/o almacenamiento de energía eléctrica para lo cual podrá desarrollar, construir, financiar, explotar, operar y mantener, y comercializar energía eléctrica, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos de generación o almacenamiento de energía, en adelante los “Proyectos”; y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales Proyectos. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. El capital social es la suma de $1.000.000 de pesos dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, las cuales fueron íntegramente suscritas y pagadas al momento de la constitución de la sociedad. La administración de la sociedad corresponde conjunta y mancomunadamente a 3 administradores a ser designados por los accionistas de la sociedad, quienes, actuando conjunta y mancomunadamente 2 cualquier de ellos, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Conforme al artículo segundo transitorio de los estatutos, se designó como primeros administradores a don Carlos Manuel Pavón, don Diego Martín Caballero Demateis y don Felipe Ignacio Grez Young. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 19 de Agosto de 2025.

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