Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Producción y Comercio Bárbara Rosas Astorga E.I.R.L.

CONSTITUCIÓN — 18 de ago. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-08-18Ver PDF (CVE 1449126)

Informações societárias

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Hasta el 31 de diciembre de 2020, prorrogable sucesiva y tácitamente por períodos de dos años
Administração: La administración y el uso de la razón empresarial corresponderán a título personalísimo a la constituyente.

Objeto social

Elaboración de productos de pastelería y panadería, así como la comercialización y venta de los mismos, pudiendo realizarse en forma directa o a través de terceros, en establecimientos propios o ajenos. La realización de estudios de factibilidad, investigaciones de mercado y demás asesorías que pueda abordar, la prestación de servicios de personal calificado de su dependencia para la gestión de otras empresas. La empresa podrá también participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a sus miembros, socios o accionistas, incluso las de administración que se le puedan asignar.

Capital

Capital total

$1.200.000

Capital pendente

$1.200.000

Sócios (1)

NomeParticipação

Bárbara Rosas Astorga

Titular

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, notario interino de la 22 Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2018, otorgada ante mí, doña Bárbara Andrea Rosas Astorga, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, administradora gastronómica, treinta y ocho años, con domicilio en Santiago, Calle Pintor Raimundo Monvoisin 7987, comuna de Las Condes, ha constituido la empresa individual de responsabilidad limitada denominada "Producción y Comercio Bárbara Rosas Astorga E.I.R.L.", con domicilio en Santiago, y cuyo objeto será la elaboración de productos de pastelería y panadería, así como la comercialización y venta de los mismos, pudiendo realizarse en forma directa o a través de terceros, en establecimientos propios o ajenos. La realización de estudios de factibilidad, investigaciones de mercado y demás asesorías que pueda abordar, la prestación de servicios de personal calificado de su dependencia para la gestión de otras empresas. La empresa podrá también participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a sus miembros, socios o accionistas, incluso las de administración que se le puedan asignar. La administración y el uso de la razón empresarial corresponderán a título personalísimo a doña Bárbara Rosas Astorga. El capital de la empresa será la suma de un millón doscientos mil pesos que la constituyente se obliga a enterar, a medida de las necesidades sociales, pero a más tardar el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho. El constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte. La empresa regirá desde este fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de dos años cada uno, salvo que el constituyente manifieste su voluntad de poner término a la empresa al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública otorgada con no menos de dos ni más de cuatro meses de anticipación al respectivo vencimiento y anotada al margen de la inscripción dentro de los treinta días siguientes a su otorgamiento.- Santiago, 14 de agosto de 2018.-

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