Sociedade por Ações

Prevencion Legal Sociedad por Acciones

CONSTITUCIÓN — 16 de nov. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-11-16Ver PDF (CVE 1848506)

Informações societárias

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Duração: Indefinida
Administração: La sociedad será administrada por un directorio compuesto de cuatro personas, elegidas por la junta General de Accionistas, presidido por un Presidente.

Objeto social

a) Prestación de servicios jurídicos consistentes en la evaluación, revisión, análisis y examen de los antecedentes de hecho y de derecho de personas naturales o jurídica, orientados a la determinación de los problemas legales que afecten al cliente, propuesta de soluciones y ejecución de medidas; b) Prestación de servicios jurídicos orientados a la defensa profesional de personas naturales o jurídicas, mediante representación legal especializada en las diversas áreas del derecho, tales como civil, penal, laboral o comercial, entre otras; c) Elaboración de modelos de prevención de delitos de la ley 21.393, de prevención de infracciones laborales, ambientales, tributarias; d) Elaboración de canales de denuncias anónimas, junto con la planificación del control de riesgos psicosociales y; e) Cualesquiera otra actividad, comercio o negocio que se encuentre relacionado con el giro y que sea determinado por los accionistas constituyentes.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital integralizado

$4.000.000

Capital pendente

$0

Ações

400

Sócios (4)

NomeParticipação

ESTEBAN DANIEL CERDA APABLAZA

Accionista

15.xxx.xxx-4

-

FELIPE HERNAN GAMBOA LAVADOS

Accionista

15.xxx.xxx-4

-

SERGIO ANTONIO PEREZ ROA

Accionista

16.xxx.xxx-1

-

CRISTIAN ANDRES SANTANDER GARRIDO

Accionista

1.xxx.xxx-0

-

Texto oficial do extrato

CECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio Avenida Libertad Nº1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 11-11-2020, ante mí: ESTEBAN DANIEL CERDA APABLAZA, abogado, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos diecisiete mil trescientos noventa y cuatro guión cuatro; FELIPE HERNAN GAMBOA LAVADOS, abogado, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos veintinueve mil setecientos ochenta y ocho guión cuatro; SERGIO ANTONIO PEREZ ROA, abogado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doce mil trescientos sesenta y dos guión uno y; CRISTIAN ANDRES SANTANDER GARRIDO, abogado, cédula nacional de identidad número once millones cuatrocientos setenta y siete mil setecienos treinta y nueve guión cero, constituyeron sociedad por acciones sociedad cuyo nombre será: “PREVENCION LEGAL SOCIEDAD POR ACCIONES” o “PREVENCION LEGAL SpA”. Objeto: a) Prestación de servicios jurídicos consistentes en la evaluación, revisión, análisis y examen de los antecedentes de hecho y de derecho de personas naturales o jurídica, orientados a la determinación de los problemas legales que afecten al cliente, propuesta de soluciones y ejecución de medidas; b) Prestación de servicios jurídicos orientados a la defensa profesional de personas naturales o jurídicas, mediante representación legal especializada en las diversas áreas del derecho, tales como civil, penal, laboral o comercial, entre otras; c) Elaboración de modelos de prevención de delitos de la ley 21.393, de prevención de infracciones laborales, ambientales, tributarias; d) Elaboración de canales de denuncias anónimas, junto con la planificación del control de riesgos psicosociales y; e) Cualesquiera otra actividad, comercio o negocio que se encuentre relacionado con el giro y que sea determinado por los accionistas constituyentes. Domicilio: Viña del Mar, Duración: Indefinida, Administración: La sociedad será administrada por un directorio compuesto de cuatro personas, elegidas por la junta General de Accionistas, presidido por un Presidente. Capital: $4.000.000, dividido en 400 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, al valor inicial de $10.000 por el constituyente. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 13 de noviembre de 2020.-

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