Sociedade de Responsabilidade Limitada

Peralta Y Guerra Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 de ago. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-08-18Ver PDF (CVE 1258052)

Informações societárias

Ltda
Copiapó, Atacama
Duração: 10 años desde la fecha del presente contrato, renovables tacita y sucesivamente por periodos iguales
Administração: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a los dos socios indistintamente, quienes actuarán por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, representándola, con las más amplias facultades, indicadas en cláusula Cuarta escritura extractada.

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) Servicios de médicos en forma independiente; b) Actividades relacionadas con la salud humana; c) Transporte de personal; d) Importación de insumos médicos; e) la compra, venta, arrendamiento y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces, muebles o insumos relacionados con los rubros anteriores y la importación de estos cuando resulte necesario; f) Servicios médicos en forma directa o indirecta a través de terceros o por convenios con instituciones de salud, clínicas y servicios de bienestar. g) Otras actividades de entretención y en general la sociedad podrá realizar todas aquellas materias, rubros, actividades, actos, contratos o cualquier otra actividad que los socios acuerden. Al efecto la empresa podrá celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas directa o indirectamente con el objeto en cualesquiera de sus formas. Asimismo podrá participar, formar y constituir sociedades o administrar compañías que tengan relación o no con el objeto descrito y, en general, celebrar toda clase de actos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines señalados y cualquier otra actividad o giro que los constituyentes incorpores en el futuro y que se relacione con los ya referidos

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital integralizado

$4.000.000

Capital pendente

$4.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

MAIKEL ANTONIO PERALTA CASANOVA

Socio

14.xxx.xxx-k

50%

JOSE LUIS GUERRA DIAZ

Socio

14.xxx.xxx-6

50%

Administradores (2)

MAIKEL ANTONIO PERALTA CASANOVA

14.xxx.xxx-kAdministrador

JOSE LUIS GUERRA DIAZ

14.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial do extrato

ADOLFO ANDRÉS LAPOSTOL DETTORI, Abogado, Notario Público Suplente del Titular don FRANCISCO NEHME CARPANETTI, oficio O’Higgins 744, certifica: Por escritura Pública de fecha 11 de Agosto de 2017, Repertorio N° 1.808-2.017, otorgada ante mí, MAIKEL ANTONIO PERALTA CASANOVA, chileno, casado, técnico universitario en mantención de equipos industriales, CNI 14.114.541-K, pasaje Mina Guanaquita 761, villa don Emilio, Callejón Pedro León Gallo, ciudad y comuna de Copiapó; y JOSE LUIS GUERRA DIAZ, soltero, técnico en enfermería, CNI N° 14.114.963-6, pasaje vista Hermosa 195, ciudad y comuna de Copiapó; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “PERALTA Y GUERRA LIMITADA” nombre de fantasía “EMS CLAVE 100 LIMITADA” Objeto Social: El objeto de la sociedad será a) Servicios de médicos en forma independiente; b) Actividades relacionadas con la salud humana; c) Transporte de personal; d) Importación de insumos médicos; e) la compra, venta, arrendamiento y comercialización, a cualquier título, de toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces, muebles o insumos relacionados con los rubros anteriores y la importación de estos cuando resulte necesario; f) Servicios médicos en forma directa o indirecta a través de terceros o por convenios con instituciones de salud, clínicas y servicios de bienestar. g) Otras actividades de entretención y en general la sociedad podrá realizar todas aquellas materias, rubros, actividades, actos, contratos o cualquier otra actividad que los socios acuerden. Al efecto la empresa podrá celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas directa o indirectamente con el objeto en cualesquiera de sus formas. Asimismo podrá participar, formar y constituir sociedades o administrar compañías que tengan relación o no con el objeto descrito y, en general, celebrar toda clase de actos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines señalados y cualquier otra actividad o giro que los constituyentes incorpores en el futuro y que se relacione con los ya referidos.- Administración: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a los dos socios indistintamente, quienes actuarán por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, representándola, con las más amplias facultades, indicadas en cláusula Cuarta escritura extractada.- Capital Social: $8.000.000.-, que se aporta de la siguiente forma: a) Don MAIKEL ANTONIO PERALTA CASANOVA la suma de $4.000.000.-, suma que se aportará de la siguiente manera: i) $2.000.000.- en efectivo los cuales se cancelan en este acto; ii) los $2.000.000.-,, el socio se compromete a aportarlos en la medida que las necesidades de la empresa así lo requieran, en un plazo máximo de 2 años. b) Don JOSE LUIS GUERRA DIAZ, la suma de $4.000.000.-, suma que se aportará de la siguiente manera: i) $2.000.000.- en efectivo los cuales se cancelan en este acto; ii) los $2.000.000.-, restantes, el socio se compromete a aportarlos en la medida que las necesidades de la empresa así lo requieran, en un plazo máximo de 2 años.- Duración: 10 años desde la fecha del presente contrato, renovables tacita y sucesivamente por periodos iguales.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Copiapó, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otros lugares.- Demás estipulaciones escritura extractada. Copiapó, 11 de Agosto de 2017.

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