Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Osvaldo Tapia Riquelme Consultora, Cobranzas Grupo Lex Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 de nov. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-11-18Ver PDF (CVE 1683249)

Informações societárias

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida a contar de esta fecha salvo voluntad en contrario del constituyente de ponerle término, la cual se manifestará mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y publicación en el Diario Oficial
Administração: Corresponderá al constituyente, amplias facultades

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) la prestación de servicios, asesorías, servicios profesionales, consultorías destinados a incorporar, controlar, mantener y mejorar la calidad de toda clase de productos, sean terminados, semielaborados o sus materias primas, nacionales o extranjeros, cualquiera que sea su uso, naturaleza o destino, y especialmente productos alimenticios, alimentos de uso médico y/o animal, artículos de uso sanitario y doméstico, y, en general, de toda clase de artículos, productos y bienes; b) la ejecución y evaluación integral de toda clase de proyectos, gestión y planificación estratégica de los mismos, optimización de costos y procesos; ejecución y evaluación integral de proyectos de gestión, control, incorporación o mantención de la calidad, gestión y planificación estratégica de los mismos, outsourcing sobre calidad, c) en el área de la gestión de la calidad podrá, especialmente, desarrollar, diseñar, implementar, controlar, asesorar, auditar y certificar sistemas de gestión de la calidad ISO, HACCP, medioambientales y de seguridad industrial; d) educación, capacitación, perfeccionamiento y formación técnica y profesional, sobre toda clase de materias; e) la compra, venta, comercialización, distribución, arrendamiento, importación y exportación de toda clase de bienes corporales, muebles o en general, celebrar toda clase de convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualesquiera de sus formas y, en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualesquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. F) Inversión de fondos propios o ajenos, su administración e intermediación, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; g) La inversión en bienes corporales inmuebles pudiendo en consecuencia adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; las construcciones, mejoras, remodelaciones, edificaciones y transformaciones que sean necesarias para el cumplimiento del objeto social, pudiendo explotarlos directamente o por medio de terceros, en cualquier forma; h) Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y i) La inversión en cualquier otro negocio lícito que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Sócios (1)

NomeParticipação

OSVALDO ISMAEL TAPIA RIQUELME

Titular

9.xxx.xxx-3

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

WLADIMIR SCHRAMM LOPEZ, Notario Titular Notaría 49º, Hermanos Amunategui 391 local 1, Santiago. Certifico: hoy ante mí, OSVALDO ISMAEL TAPIA RIQUELME y don ANDRES VILIAM DULOVITS FARCUH, todos domiciliados para este efecto en calle Seminario N° 784, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, Los comparecientes únicos socios de “CONSULTORA, COBRANZAS GRUPO LEX LIMITADA” que fue constituida por escritura pública de fecha 22 de marzo del año 2.007, otorgada ante Notario de Santiago don Sergio Henríquez Silva, con oficio en calle Teatinos 371, comuna de Santiago, rol único tributario 76.802.990-3 setenta y seis millones ochocientos dos mil novecientos noventa guión tres y cuyo capital asciende a $2.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas 11.941 número 8.738 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2.007 y publicado en el Diario Oficial ejemplar N° 38.723 de fecha 26 de marzo del año 2.007.Posteriormente, se modificó por escritura pública otorgada con fecha 24 de mayo de 2.010, ante Notario de Santiago don Sergio Henríquez Silva, con oficio en Teatinos 371, Comuna de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 27.769 número 19.112 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.010, realizándose la anotación al margen de la inscripción inicial, y se publicó en el Diario Oficial ejemplar N° 39.684 de fecha 12 de junio de 2.010.Y por último, se modificó por escritura pública otorgada con fecha 10 de noviembre de 2.017, ante el Notario Interino de la Cuadragésima Novena de Santiago don Gino Beneventi Alfaro, con oficio en Paseo Phillips 451, oficina 1.905, Comuna de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 90.149 número 48.154 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.017, realizándose la anotación al margen de la inscripción inicial, y se publicó en el Diario oficial.Se modifica la Sociedad en el siguiente sentido: UNO) Se retira de la sociedad don ANDRES VILIAM DULOVITS FARCUH, cediendo la totalidad de sus derechos sociales ascendentes 50% a don OSVALDO ISMAEL TAPIA RIQUELME, quien compra adquiere y acepta para sí los derechos sociales, en la suma de $1.000.000, pagados de la siguiente forma: a) la suma de $500.000 pesos que se pagaron al contado y en efectivo previo a la celebración de la presente escritura y que el cedente declara haber recibido con anterioridad a esta fecha en forma íntegra y oportuna; y b) la suma de $500.000 pesos, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo y que el cedente declara haber recibido en su entera conformidad, dándose por pagado íntegramente el precio de la cesión. En el mismo acto, OSVALDO ISMAEL TAPIA RIQUELME, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número 9.570.782-3 de 57 años de edad domiciliado para este efecto en calle Seminario N° 784, Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituye una Empresa Individual de responsabilidad Limitada, en virtud del artículo 14 Ley 19.857, teniendo, además, presente las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia siendo su Razón Social: " OSVALDO TAPIA RIQUELME CONSULTORA, COBRANZAS GRUPO LEX EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ". Nombre de Fantasía: “CONSULTORA GRUPO LEX E.I.R.L.” Objeto: El objeto de la sociedad será a) la prestación de servicios, asesorías, servicios profesionales, consultorías destinados a incorporar, controlar, mantener y mejorar la calidad de toda clase de productos, sean terminados, semielaborados o sus materias primas, nacionales o extranjeros, cualquiera que sea su uso, naturaleza o destino, y especialmente productos alimenticios, alimentos de uso médico y/o animal, artículos de uso sanitario y doméstico, y, en general, de toda clase de artículos, productos y bienes; b) la ejecución y evaluación integral de toda clase de proyectos, gestión y planificación estratégica de los mismos, optimización de costos y procesos; ejecución y evaluación integral de proyectos de gestión, control, incorporación o mantención de la calidad, gestión y planificación estratégica de los mismos, outsourcing sobre calidad, c) en el área de la gestión de la calidad podrá, especialmente, desarrollar, diseñar, implementar, controlar, asesorar, auditar y certificar sistemas de gestión de la calidad ISO, HACCP, medioambientales y de seguridad industrial; d) educación, capacitación, perfeccionamiento y formación técnica y profesional, sobre toda clase de materias; e) la compra, venta, comercialización, distribución, arrendamiento, importación y exportación de toda clase de bienes corporales, muebles o en general, celebrar toda clase de convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualesquiera de sus formas y, en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualesquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. F) Inversión de fondos propios o ajenos, su administración e intermediación, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; g) La inversión en bienes corporales inmuebles pudiendo en consecuencia adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; las construcciones, mejoras, remodelaciones, edificaciones y transformaciones que sean necesarias para el cumplimiento del objeto social, pudiendo explotarlos directamente o por medio de terceros, en cualquier forma; h) Administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y i) La inversión en cualquier otro negocio lícito que acordaren los socios. Domicilio: Santiago, sin perjuicio, agencias, sucursales y oficinas resto del país o del extranjero. Duración: Indefinida a contar de esta fecha salvo voluntad en contrario del constituyente de ponerle término, la cual se manifestará mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y publicación en el Diario Oficial.-. Capital: $1.000.000.- que el constituyente entrega en este acto y en dinero en efectivo a la empresa, el que ya se encuentra en arcas. Responsabilidad: Limitada monto aportes. Administración y uso razón social: Corresponderá al constituyente, amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 de Noviembre de 2.019.

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