Sociedade por Ações

Nikko Y Robinson SpA

CONSTITUCIÓN — 19 de mar. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-03-19Ver PDF (CVE 2622921)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43 a Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2025, otorgada ante mí, bajo repertorio N° 6197-2025, doña Katharina Liz Díaz Lagos, debidamente facultada, saneó de conformidad con lo previsto en el artículo 428 del Código de Comercio y en la Ley N° 19.499 el vicio de publicación extemporánea del extracto de la escritura pública de constitución de NIKKO Y ROBINSON SpA (la “Sociedad”), otorgada el 26 de diciembre de 2024 en la Notaría de Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo repertorio N° 39606-2024, publicado en el Diario Oficial de fecha 26 de febrero de 2025. La compareciente hizo presente que se ratifica el contenido de la escritura pública de constitución de la Sociedad en todos sus términos y que el saneamiento no afecta en forma alguna sus efectos producidos a contar desde la fecha de otorgamiento de ésta. Santiago, 13 de marzo de 2025.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-02-26Ver PDF (CVE 2615552)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales muebles incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /b/ cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes; /c/ Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; /d/ cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas.

Capital

Capital total

$100.000

Capital integralizado

$100.000

Ações

100.000

Sócios (2)

NomeParticipação

KUI-WEN PENG

Accionista

50%

LAI MENG-JU PENG

Accionista

50%

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2024, repertorio N°39606-2024, otorgada ante mí, KUI-WEN PENG pasaporte Taiwanés N°313063871 y LAI MENG-JU PENG pasaporte Taiwanés N°313063870, ambos domiciliados para estos efectos en avenida Vitacura 2939, piso 12, quienes vienen a constituir una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: “NIKKO Y ROBINSON SpA”, en adelante la “Sociedad”. Domicilio: El domicilio legal de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales muebles incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /b/ cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes; /c/ Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; /d/ cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 100.000 pesos, dividido en 100.000 acciones nominativas, iguales y sin valor nominal el cual se suscribe y paga de la siguiente manera: /a/ KUI-WEN PENG suscribe y paga en el acto de constitución un total de cincuenta mil acciones a un valor de cincuenta mil pesos; y /b/ LAI MENG-JU PENG suscribe y paga en el acto de constitución un total cincuenta mil acciones a un valor de cincuenta mil pesos Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2025.

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  2. CONSTITUCIÓN

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