Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Muebles Isaías Daniel Riffo Neira E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 15 de mai. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-05-15Ver PDF (CVE 2492508)

Informações societárias

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno
Administração: La administración y uso de la razón social corresponderá al titular.

Objeto social

El objeto de la empresa será: Uno) fabricación, comercialización, distribución, remodelación, diseño, reparación, importación y exportación, al por mayor y al detalle, de toda tipo de mueblería, de hogar o de oficina, e insumos y accesorios relacionados a éstos, carpintería, armados y desarmados, obras menores, desarrollo de proyectos, entre otras relacionadas. Dos) importación, exportación, distribución, comercialización por cuenta propia o ajena de materias primas e insumos para la confección de muebles e instalaciones de hogar y oficina. Tres) importación, exportación, comercialización, distribución, arrendamiento, mantención, contratación a cualquier título de toda clase de equipos, máquinas, equipos y herramientas para la confección de muebles de todo tipo. Cuatro) la prestación de servicios de asesoría en diseño, fabricación y reparación de mueblería en general, en forme personal o conjunta, sea a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Quinto) En general, todos los actos, contratos y negocios que directa o e indirectamente estén relacionados con las operaciones anteriormente mencionadas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pendente

$1.000.000

Sócios (1)

NomeParticipação

ISAÍAS DANIEL RIFFO NEIRA

Titular

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

JORGE ANDRÉS OSSA CUEVAS, Notario Público de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Av. José Miguel Carrera Nº 7710, certifico: Que: por escritura pública de fecha 25 de Abril 2024, ante VIVIANA ANDREA VIERA SOTO, abogado, notario suplente del titular Jorge Andrés Ossa Cuevas: don ISAÍAS DANIEL RIFFO NEIRA, chileno, viudo, de 48 años de edad, domiciliado sólo para estos efectos en Guardia Vieja N°255, Oficina 1601, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituye una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. 1) RAZÓN SOCIAL: La razón social será MUEBLES ISAÍAS DANIEL RIFFO NEIRA E.I.R.L., pudiendo también usar para todos los efectos legales, inclusive ante los bancos comerciales, Banco Central e instituciones financieras y terceros, el nombre de fantasía de MUEBLES CABURGA E.I.R.L. 2) OBJETO: El objeto de la empresa será: Uno) fabricación, comercialización, distribución, remodelación, diseño, reparación, importación y exportación, al por mayor y al detalle, de toda tipo de mueblería, de hogar o de oficina, e insumos y accesorios relacionados a éstos, carpintería, armados y desarmados, obras menores, desarrollo de proyectos, entre otras relacionadas. Dos) importación, exportación, distribución, comercialización por cuenta propia o ajena de materias primas e insumos para la confección de muebles e instalaciones de hogar y oficina. Tres) importación, exportación, comercialización, distribución, arrendamiento, mantención, contratación a cualquier título de toda clase de equipos, máquinas, equipos y herramientas para la confección de muebles de todo tipo. Cuatro) la prestación de servicios de asesoría en diseño, fabricación y reparación de mueblería en general, en forme personal o conjunta, sea a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Quinto) En general, todos los actos, contratos y negocios que directa o e indirectamente estén relacionados con las operaciones anteriormente mencionadas. 3) CAPITAL: El capital de la empresa es la cantidad de $1.000.000.- que el constituyente aporta en dinero, y se obliga a enterar, dentro del plazo de 3 años contados desde el presente acto de constitución de la empresa. 4) DOMICILIO: La Empresa tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. 5) DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, el cual se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.

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