Sociedade por Ações

Mpsl SpA

CONSTITUCIÓN — 18 de mai. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-05-18Ver PDF (CVE 2811936)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: cinco años prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos seis meses al término del respectivo período
Administração: Gerente General

Objeto social

la compra, venta, distribución y consignación de productos de banqueteria, Catering y coffee break; organización de cocktail, catering, coffee break, celebraciones y eventos menores; elaboración de mermeladas y productos naturales y todo otro producto artesanal que pueda servir para los fines antes descritos

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$6.000.000

Ações

1.000

Sócios (1)

NomeParticipação

MÓNICA DEL PILAR SANDOVAL LIZANA

Accionista

7.xxx.xxx-9

10%

Administradores (1)

MÓNICA DEL PILAR SANDOVAL LIZANA

7.xxx.xxx-9Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2026, bajo el repertorio 2144-26, doña MÓNICA DEL PILAR SANDOVAL LIZANA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, secretaria ejecutiva bilingüe, cédula de identidad número siete millones setecientos setenta y nueve mil doscientos cincuenta y ocho guion nueve, domiciliada en Avenida Luis Thayer Ojeda novecientos setenta y cuatro departamento sesenta y uno, Comuna de Providencia, constituyo, una sociedad por acciones, NOMBRE: El nombre de la sociedad será MPSL SpA, pudiendo utilizar como nombre de fantasía y/o comercial el de MMENU SpA. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: La duración de la sociedad será de cinco años prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos seis meses al término del respectivo período. OBJETO: El objeto de la sociedad será la compra, venta, distribución y consignación de productos de banqueteria, Catering y coffee break; organización de cocktail, catering, coffee break, celebraciones y eventos menores; elaboración de mermeladas y productos naturales y todo otro producto artesanal que pueda servir para los fines antes descritos. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de ocho millones de pesos, dividido en MIL acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. la accionista doña Mónica del Pilar Sandoval Lizana suscribe en este acto cien acciones las que pagara de la siguiente manera ( i ) mediante el aporte de dos millones de pesos al contado en este acto en dinero efectivo, enterándolo en caja social y ( ii ) el resto, o sea seis pesos dentro del plazo de cinco años a contar de esta fecha la Administración.- Gerente General.- La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado — y esencialmente revocable — por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes representadas en la Junta. En transitorio. Se nombra como Gerente General y administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de estos estatutos a doña MÓNICA DEL PILAR SANDOVAL LIZANA ya individualizada, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 13 de mayo de 2026.

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