Mendoza, Oddo, Mori, Aguerrea & Gillmore Abogados Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la prestación de servicios legales y asesorías en todas las áreas del derecho; la representación de los derechos e intereses de terceros, judicial y extrajudicialmente; la prestación de servicios de asesoría, consultoría o auditoria, en materias económicas, administrativas, gobiernos corporativos, estratégicas, de gestión, financieras y en cualquier otra materia relativa a los negocios o a las personas; la enseñanza, capacitación técnica y profesional en recursos humanos; la obtención de rentas de carácter permanente de todo tipo de bienes; y la realización de toda clase de negocios, actos y contratos conducentes a los fines enunciados en las letras anteriores y los demás que acuerden los socios de consuno, todo lo anterior por cuenta propia y ajena
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $1.000.000 |
Socio | - | 20% | $1.000.000 |
Socio | - | 20% | $1.000.000 |
Socio | - | 20% | $1.000.000 |
Socio | - | 20% | $1.000.000 |
Administradores (5)
Texto oficial do extrato
HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, notario público, titular de la 22 Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de junio de 2017, Repertorio N° 5982-2017, otorgada ante mí, don RAMIRO ALFONSO MENDOZA ZUÑIGA, domiciliado en calle Pedro Canisio N° 1210, departamento 602, Comuna de Vitacura; doña BLANCA ALEJANDRA ODDO BEAS, domiciliada en calle Espoz N° 4440, departamento 705, Comuna de Vitacura; don MATÍAS MORI ARELLANO, domiciliado en Avenida Presidente Errázuriz N° 4237, departamento R, Comuna de Las Condes; don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA, domiciliado en calle Huérfanos N° 4310, Comuna de Santiago; y, don ROBERTO JAMES GILLMORE LANDON, domiciliado en calle Gertrudis Echeñique N° 421, departamento B, Comuna de Las Condes; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: MENDOZA, ODDO, MORI, AGUERREA & GILLMORE ABOGADOS LIMITADA, pudiendo utilizar para todos los efectos legales el nombre de fantasía MOMAG ABOGADOS LIMITADA. Objeto: (a) la prestación de servicios legales y asesorías en todas las áreas del derecho; (b) la representación de los derechos e intereses de terceros, judicial y extrajudicialmente; (c) la prestación de servicios de asesoría, consultoría o auditoria, en materias económicas, administrativas, gobiernos corporativos, estratégicas, de gestión, financieras y en cualquier otra materia relativa a los negocios o a las personas; (d) la enseñanza, capacitación técnica y profesional en recursos humanos; (e) la obtención de rentas de carácter permanente de todo tipo de bienes; y (f) la realización de toda clase de negocios, actos y contratos conducentes a los fines enunciados en las letras anteriores y los demás que acuerden los socios de consuno, todo lo anterior por cuenta propia y ajena. Administración, Representación y uso de Razón Social: La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón corresponde a dos cualesquiera de los socios de la Sociedad, denominados los “Administradores”, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo “por poder” o “en representación”, o sus abreviaturas, seguido de la razón social y su firma personal, representarán a la Sociedad con amplias facultades. Capital: El capital social asciende a la suma de $5.000.000, que se aporta, entera y paga del siguiente modo: (a) Don RAMIRO ALFONSO MENDOZA ZÚÑIGA aporta y paga en este acto la suma de $1.000.000, en dinero, equivalentes a un 20% de los derechos sociales y participación en el capital. (b) Doña BLANCA ALEJANDRA ODDO BEAS aporta y paga en este acto la suma de $1.000.000, en dinero, equivalentes a un 20% de los derechos sociales y participación en el capital. (c) Don MATÍAS MORI ARELLANO aporta y paga en este acto la suma de $1.000.000, en dinero, equivalentes a un 20% de los derechos sociales y participación en el capital. (d) Don PEDRO GREGORIO AGUERREA MELLA aporta y paga en este acto la suma de $1.000.000, en dinero, equivalentes a un 20% de los derechos sociales y participación en el capital. (e) Don ROBERT JAMES GILLMORE LANDON aporta y paga en este acto la suma de $1.000.000, en dinero, equivalentes a un 20% de los derechos sociales y participación en el capital. Vigencia: 3 años desde la fecha de la escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, salvo que uno cualesquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término al final del período que estuviere en curso. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. Demás menciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 09 de junio de 2017.-
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
MENDOZA, ODDO, MORI, AGUERREA & GILLMORE ABOGADOS LIMITADA
CVE 1228577
