Sociedade por Ações

Loncox SpA

CONSTITUCIÓN — 23 de mar. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-03-23Ver PDF (CVE 2470463)

Informações societárias

SpA
Luis Thayer Ojeda 359
Administração: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Alejandro Longueira Brinkmann, con facultades tan amplias como en derecho se permita e incluyen todas las necesarias para, sin limitación alguna, administrar los negocios sociales y adquirir y disponer de todo tipo de bienes, corporales e incorporales, y en general todas las facultades necesarias, incluyendo aquellas para las que las leyes exigen mandato especial, y estará especialmente dotado con las facultades indicadas en el Artículo Noveno de la escritura extractada.

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) desarrollo de negocios o instituciones financieras, especialmente dedicado al negocio inmobiliario y bodegaje de bienes inmuebles; (b) efectuar toda clase de inversiones, ya sea de dineros y/o valores en toda clase de bienes, sean muebles incorporales, tales como acciones, bonos debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; o sea la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles en general; la administración de las mismas inversiones; invertir en o desarrollar, directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, financieros, inmobiliarios, agrícolas, agropecuarios, forestales y/o ganaderos, así como la ejecución de todo tipo de operaciones de comercio exterior; (c) formar, constituir, integrarse o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; y (c) la gestión y administración de sociedades; pudiendo celebrar todos los actos y contratos civiles, mercantiles, y de cualquier naturaleza que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (2)

NomeParticipação

Alejandro Longueira Brinkmann

Accionista

-

María Magdalena Cox Lecaros

Accionista

-

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2024, ante mí, ALEJANDRO LONGUEIRA BRINKMANN y MARÍA MAGDALENA COX LECAROS constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: LONCOX SpA (la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) desarrollo de negocios o instituciones financieras, especialmente dedicado al negocio inmobiliario y bodegaje de bienes inmuebles; (b) efectuar toda clase de inversiones, ya sea de dineros y/o valores en toda clase de bienes, sean muebles incorporales, tales como acciones, bonos debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; o sea la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles en general; la administración de las mismas inversiones; invertir en o desarrollar, directamente o a través de terceros, cualquier tipo de negocios civiles, mercantiles, manufactureros, industriales, financieros, inmobiliarios, agrícolas, agropecuarios, forestales y/o ganaderos, así como la ejecución de todo tipo de operaciones de comercio exterior; (c) formar, constituir, integrarse o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; y (c) la gestión y administración de sociedades; pudiendo celebrar todos los actos y contratos civiles, mercantiles, y de cualquier naturaleza que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto social. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Alejandro Longueira Brinkmann, con facultades tan amplias como en derecho se permita e incluyen todas las necesarias para, sin limitación alguna, administrar los negocios sociales y adquirir y disponer de todo tipo de bienes, corporales e incorporales, y en general todas las facultades necesarias, incluyendo aquellas para las que las leyes exigen mandato especial, y estará especialmente dotado con las facultades indicadas en el Artículo Noveno de la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en acto de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.- Santiago, 19 de marzo de 2024.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.

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