Sociedade de Responsabilidade Limitada

Latorre Y Compañía Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 de abr. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-04-11Ver PDF (CVE 1379959)

Informações societárias

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duração: Comenzará a regir desde fecha escritura, y tendrá una duración de 5 años, renovables
Administração: La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, sus facultades y limitaciones constan en escritura

Objeto social

a) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos a la profesión de abogado; b) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, contable, tributario, laboral y técnico; c) Y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, tendiente o necesaria a la consecución del objeto social

Capital

Capital total

$100.000

Capital integralizado

$100.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

PABLO RAÚL LATORRE ASCUI

Socio

50%

MAURICIO ALFONSO CALVO ARELLANO

Socio

50%

Texto oficial do extrato

DANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en Avenida General José de San Martín N°255, certifico: Por escritura pública fecha 03.04.2018, repertorio Nº838/2018, ante mí; don PABLO RAUL LATORRE ASCUI, abogado, domiciliado en calle Bueras Nº141, comuna de Rancagua; y don MAURICIO ALFONSO CALVO ARELLANO, abogado, domiciliado en calle Bueras N°359, oficina 812, comuna de Rancagua; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o razón social: “LATORRE Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA”, nombre de fantasía “LATORRE & CÍA. LTDA.”.- Domicilio: Comuna de Rancagua, sin perjuicio agencias, resto país o extranjero.- Duración: Comenzará a regir desde fecha escritura, y tendrá una duración de 5 años, renovables.- Objeto social: a) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos a la profesión de abogado; b) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, contable, tributario, laboral y técnico; c) Y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, tendiente o necesaria a la consecución del objeto social.- Capital: $100.000.-, aportados por los socios de la forma siguiente: A) PABLO RAÚL LATORRE ASCUI, equivalente al 50% del capital social, aporta 50.000.-, que se entera en este acto, en dinero en efectivo; B) MAURICIO ALFONSO CALVO ARELLANO, equivalente al 50% del capital social, aporta 50.000.-, que se entera en este acto, en dinero en efectivo.- Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, sus facultades y limitaciones constan en escritura.- Demás disposiciones escritura extractada. Rancagua, 3 de Abril de 2018.

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