Sociedade por Ações

Kizen SpA

CONSTITUCIÓN — 6 de jul. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-07-06Ver PDF (CVE 2834897)

Informações societárias

SpA
Las Condes, Región Metropolitana
Administração: La sociedad será administrada por uno o más administradores. La designación y revocación de administradores será por acuerdo adoptado por accionistas que representen dos tercios de acciones con derecho a voto, ya sea reunidos en junta de accionistas cuya acta sea reducida a escritura pública o mediante acuerdo escrito sin forma de junta otorgado por escritura pública, anotado al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Los administradores podrán renunciar por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, surtiendo efecto desde la fecha de la anotación. Si los administradores fueran personas jurídicas, deberán actuar a través de uno o más mandatarios designados mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio.

Objeto social

(a) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios con los caracteres de renta fija, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; (b) el subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, arrendamiento, de inmuebles propios o de terceros; (c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; (d) la fabricación y/o producción, importación, internación, comercialización, distribución, ventas al por mayor, ventas al por menor de toda clase de bienes muebles corporales; (e) la prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias de venta e intermediación de bienes muebles e inmuebles, en materias financieras, económicas, gerenciales, comerciales, informáticas y administrativas, en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de gestiones habitacionales, de ingeniería, de construcción, de diseño, en proyectos inmobiliarios y otros similares; (f) la explotación, compra, venta, arriendo, desarrollo y construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, departamentos y complejos turísticos; (g) la compra, venta, explotación y comercialización de productos, por cuenta propia o de terceros, en predios agrícolas, ganaderos y forestales, pudiendo desarrollarlos ya sea en predios de su propiedad, arrendados o cualquiera sea la tenencia de los mismos; (h) la compra, venta, importación, internación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes muebles; e (i) realizar por cuenta propia o ajena toda clase de operaciones o negocios mercantiles, quedando expresamente comprendido la importación, internación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Ações

100

Sócios (1)

NomeParticipação

Enrique Zenteno Soza

Accionista

100%

Administradores (3)

Enrique Zenteno Soza

Administrador

Enrique Gerardo Zenteno Vidal

Administrador

María Carolina Soza Joannon

Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 15 de junio de 2026, ante Patricia Isabel Rojas Morales, Notario Público Suplente de la Titular de la trigésimo octava Notaría de Santiago, repertorio N°30659-2026, don Enrique Zenteno Soza constituyó una sociedad por acciones, escritura de la cual paso a extractar las materias señaladas en el artículo 426 del Código de Comercio: 1) Nombre sociedad: KIZEN SpA. 2) Accionista: Enrique Zenteno Soza. 3) Objeto social: (a) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios con los caracteres de renta fija, pudiendo realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; (b) el subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, arrendamiento, de inmuebles propios o de terceros; (c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; (d) la fabricación y/o producción, importación, internación, comercialización, distribución, ventas al por mayor, ventas al por menor de toda clase de bienes muebles corporales; (e) la prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias de venta e intermediación de bienes muebles e inmuebles, en materias financieras, económicas, gerenciales, comerciales, informáticas y administrativas, en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de gestiones habitacionales, de ingeniería, de construcción, de diseño, en proyectos inmobiliarios y otros similares; (f) la explotación, compra, venta, arriendo, desarrollo y construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes raíces y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planeamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios, departamentos y complejos turísticos; (g) la compra, venta, explotación y comercialización de productos, por cuenta propia o de terceros, en predios agrícolas, ganaderos y forestales, pudiendo desarrollarlos ya sea en predios de su propiedad, arrendados o cualquiera sea la tenencia de los mismos; (h) la compra, venta, importación, internación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes muebles; e (i) realizar por cuenta propia o ajena toda clase de operaciones o negocios mercantiles, quedando expresamente comprendido la importación, internación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios. 4) Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma y única serie. Capital suscrito y pagado: $1.000.000.- Además, en Artículo Séptimo estatutos, se estableció que sociedad será administrada por uno o más administradores. Designación y revocación de administradores será por acuerdo adoptado por accionistas que representen dos tercios de acciones con derecho a voto, ya sea reunidos en junta de accionistas cuya acta sea reducida a escritura pública o manifestado mediante acuerdo escrito sin forma de junta otorgado por escritura pública, anotada margen de inscripción de sociedad en Registro de Comercio. Administradores podrán renunciar por escritura pública anotada margen de inscripción de sociedad en Registro de Comercio, que surtirá efecto a contar de fecha anotación. Si administradores fueran personas jurídicas, deberán actuar a través de uno o más mandatarios designados mediante escritura pública anotada margen de inscripción de sociedad en Registro de Comercio.- En cláusula Segundo escritura que extracto, compareciente, en carácter único accionista, de acuerdo con Artículo Séptimo de estatutos, designó como administradores a: uno) Enrique Zenteno Soza, actuando individualmente, y dos) Enrique Gerardo Zenteno Vidal y María Carolina Soza Joannon, debiendo siempre actuar conjuntamente.- Demás cláusulas, constan escritura que extracto. Santiago, 02 de julio de 2026.

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  1. CONSTITUCIÓN

    KIZEN SpA

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