Sociedade de Responsabilidade Limitada

Kauffmann Abogados y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 7 de jun. de 2021

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-06-07Ver PDF (CVE 1956751)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Cinco años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales
Administração: Corresponderá a los socios Felipe Andrés Aedo Orellana y Pablo Alejandro Farah Jiménez, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, con las más amplias facultades

Objeto social

Realización de todo tipo de estudios, consultorías de carácter comercial, financiera, contable, laboral, técnicas, previsionales o tributarias; la prestación de servicios profesionales a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por cuenta propia o ajena en materias de política pública, gubernamentales y de asuntos públicos, relacionados con el desarrollo económico, comunicacional, social y humano; políticas sociales y económicas; asimismo toda clase de material que tengan relación directa o indirecta con los temas señalados; además la sociedad podrá desarrollar actividades en el ámbito académico y universitario; la prestación de servicios jurídicos y de asistencia profesional en todas las áreas del derecho a la comunidad en general, asumir, a través de sus socios, la representación judicial de cualquier tipo de personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en cualquier juicio, procedimiento o gestión judicial, ante cualquier tribunal ordinario, especial, arbitral o administrativo o de cualquier clase; asumir la representación legal y comercial de personas naturales o jurídicas extranjera en Chile; la participación en otras personas jurídicas, de cualquier tipo y objeto, incluso en sociedades ya sea limitadas o anónimas, cerradas abiertas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; asumir representaciones, franquicias, licencias, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

POLYANA ANDREA SALINAS GUILLONES

Socio

25%

FELIPE ANDRÉS AEDO ORELLANA

Socio

25%

RALF KAUFFMANN ULLOA

Socio

25%

PABLO ALEJANDRO FARAH JIMÉNEZ

Socio

25%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N° 73, Certifico: por escritura de fecha 19 mayo 2021, ante mi, los comparecientes: POLYANA ANDREA SALINAS GUILLONES, FELIPE ANDRÉS AEDO ORELLANA, RALF KAUFFMANN ULLOA, y PABLO ALEJANDRO FARAH JIMÉNEZ, todos domiciliados en SERRANO N° 73, oficina N° 806, comuna y ciudad de SANTIAGO, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la ley N° 3918 de marzo de 192 3. Objeto: UNO: Realización de todo tipo de estudios, consultorías de carácter comercial, financiera, contable, laboral, técnicas, previsionales o tributarias; DOS: La prestación de servicios profesionales a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por cuenta propia o ajena en materias de política pública, gubernamentales y de asuntos públicos, relacionados con el desarrollo económico, comunicacional, social y humano; políticas sociales y económicas; como asimismo toda clase de material que tengan relación directa o indirecta con los temas señalados; además la sociedad podrá desarrollar actividades en el ámbito académico y universitario; TRES: la prestación de servicios jurídicos y de asistencia profesional en todas las áreas del derecho a la comunidad en general, asumir, a través de sus socios, la representación judicial de cualquier tipo de personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en cualquier juicio, procedimiento o gestión judicial, ante cualquier tribunal ordinario, especial, arbitral o administrativo o de cualquier clase. Asumir la representación legal y comercial de personas naturales o jurídicas extranjera en Chile. CUATRO: La participación en otras personas jurídicas, de cualquier tipo y objeto, incluso en sociedades ya sea limitadas o anónimas, cerradas abiertas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. CINCO: Asumir representaciones, franquicias, licencias, agencias, comisiones y mandatos de toda clase. La sociedad podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados, que tengan relación con los fines sociales. SEIS: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Razón social: “Kauffmann Abogados y Compañía Limitada”. Sin embargo, podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de “Kauffmann Abogados y Cía. Ltda.”. Administración y el uso de la razón social: corresponderán al socio don FELIPE ANDRÉS AEDO ORELLANA y a don PABLO ALEJANDRO FARAH JIMÉNEZ quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, con las más amplias facultades. Capital: $2.000.000.-, cada socio aporta en este acto al contado y en dinero efectivo, la suma de $500.000, que corresponde al 25% del capital social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad empezará a regir el día 19 de mayo de 2021 y tendrá una duración de CINCO años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, según se indica en escritura. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 28 de mayo de 2021.

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