Sociedade por Ações

Inversiones y Asesorías San José SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de set. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-09-11Ver PDF (CVE 2544020)

Informações societárias

SpA
Temuco, Araucanía
Administração: La sociedad será administrada por don JORGE RAFAEL CLAUDE GARCÍA-HUIDOBRO, quien, anteponiendo su firma ante la razón social, administrará la sociedad según facultades señaladas en la escritura.

Objeto social

Uno) Inversiones. La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; Dos) Asesorías profesionales. Asimismo, podrá realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Además, podrá la sociedad prestar servicios de asesoría nutricional integral, incluyendo pero no limitado a la elaboración de planes de alimentación personalizados, consultas nutricionales, programas de educación nutricional, talleres y cursos sobre hábitos alimenticios saludables, análisis y evaluación nutricional, venta de productos relacionados con la nutrición, y cualquier otra actividad relacionada con la promoción de la salud y el bienestar a través de una adecuada alimentación. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas; Tres) Servicios Logísticos. Transporte de carga nacional e internacional: La prestación de servicios de transporte terrestre, marítimo y aéreo de carga, tanto a nivel nacional como internacional, por cuenta propia y por cuenta de terceros, incluyendo sin limitarse a, el transporte de mercancías de todo tipo, productos, bienes, equipos y cualquier otro elemento que pueda ser objeto de comercio, asegurando el cumplimiento de todas las normativas legales y reglamentarias aplicables en cada jurisdicción; adquisición y administración de activos: La adquisición, arrendamiento, leasing, mantenimiento, administración y disposición de todo tipo de vehículos, maquinarias, equipos, tecnologías y cualquier otro activo necesario para la realización efectiva y eficiente del transporte de carga. Esto incluye, pero no se limita a, camiones, tractocamiones, remolques, contenedores, embarcaciones, aeronaves, así como sistemas de gestión logística y tecnologías de la información aplicadas al transporte y la logística; servicios logísticos integrados: La oferta de servicios logísticos integrados que complementen el transporte de carga, incluyendo almacenamiento, distribución, gestión de inventarios, embalaje, etiquetado, y cualquier otro servicio que agregue valor a la cadena de suministro de nuestros clientes; asesoramiento y gestión aduanera: Proporcionar servicios de asesoramiento y gestión aduanera para el transporte internacional de carga, facilitando el cumplimiento de todos los requisitos legales, fiscales y regulatorios para la importación y exportación de mercancías. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con el objeto social mencionado anteriormente y podrá también participar en otras sociedades con objetos análogos o complementarios para el desarrollo de su objeto social; Cuatro) Venta al por mayor y al por menor. La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización, tanto al por mayor como al por menor, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías, nacionales y extranjeras, ya sean de naturaleza perecible o no perecible, incluyendo pero no limitándose a alimentos, bebidas, productos de consumo masivo, ropa, calzado, electrodomésticos, muebles, artículos de ferretería, productos electrónicos, materiales de construcción, vehículos automotores, repuestos y accesorios, productos de higiene y cuidado personal, y cualquier otro producto lícito de comercio. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a la prestación de servicios relacionados con la comercialización de dichos bienes, incluyendo servicios de asesoría, consultoría, publicidad, marketing, logística, transporte, almacenamiento, y distribución de productos, tanto propios como de terceros. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar todas las actividades y operaciones que sean necesarias o convenientes, tales como la celebración de contratos de arrendamiento, concesión, franquicia, representación, distribución, asociación, y colaboración con personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero. También podrá adquirir, enajenar, arrendar y administrar bienes muebles e inmuebles, así como obtener y otorgar préstamos, emitir y negociar títulos valores y participar en otras sociedades o empresas relacionadas directa o indirectamente con su objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

JORGE RAFAEL CLAUDE GARCÍA-HUIDOBRO

Accionista

50%

MARÍA TRINIDAD COVARRUBIAS CORREA

Accionista

50%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARÍA, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Av. Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 12 de agosto del 2024, Repertorio N° 20.923, ante mí, JORGE RAFAEL CLAUDE GARCÍA-HUIDOBRO y MARÍA TRINIDAD COVARRUBIAS CORREA, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “INVERSIONES Y ASESORÍAS SAN JOSÉ SpA”, pudiendo operar bajo el nombre de fantasía “SAN JOSÉ SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Temuco, Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Objeto: Uno) Inversiones. La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; Dos) Asesorías profesionales. Asimismo, podrá realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Además, podrá la sociedad prestar servicios de asesoría nutricional integral, incluyendo pero no limitado a la elaboración de planes de alimentación personalizados, consultas nutricionales, programas de educación nutricional, talleres y cursos sobre hábitos alimenticios saludables, análisis y evaluación nutricional, venta de productos relacionados con la nutrición, y cualquier otra actividad relacionada con la promoción de la salud y el bienestar a través de una adecuada alimentación. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas; Tres) Servicios Logísticos. Transporte de carga nacional e internacional: La prestación de servicios de transporte terrestre, marítimo y aéreo de carga, tanto a nivel nacional como internacional, por cuenta propia y por cuenta de terceros, incluyendo sin limitarse a, el transporte de mercancías de todo tipo, productos, bienes, equipos y cualquier otro elemento que pueda ser objeto de comercio, asegurando el cumplimiento de todas las normativas legales y reglamentarias aplicables en cada jurisdicción; adquisición y administración de activos: La adquisición, arrendamiento, leasing, mantenimiento, administración y disposición de todo tipo de vehículos, maquinarias, equipos, tecnologías y cualquier otro activo necesario para la realización efectiva y eficiente del transporte de carga. Esto incluye, pero no se limita a, camiones, tractocamiones, remolques, contenedores, embarcaciones, aeronaves, así como sistemas de gestión logística y tecnologías de la información aplicadas al transporte y la logística; servicios logísticos integrados: La oferta de servicios logísticos integrados que complementen el transporte de carga, incluyendo almacenamiento, distribución, gestión de inventarios, embalaje, etiquetado, y cualquier otro servicio que agregue valor a la cadena de suministro de nuestros clientes; asesoramiento y gestión aduanera: Proporcionar servicios de asesoramiento y gestión aduanera para el transporte internacional de carga, facilitando el cumplimiento de todos los requisitos legales, fiscales y regulatorios para la importación y exportación de mercancías. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con el objeto social mencionado anteriormente y podrá también participar en otras sociedades con objetos análogos o complementarios para el desarrollo de su objeto social; Cuatro) Venta al por mayor y al por menor. La sociedad tendrá por objeto la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización, tanto al por mayor como al por menor, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías, nacionales y extranjeras, ya sean de naturaleza perecible o no perecible, incluyendo pero no limitándose a alimentos, bebidas, productos de consumo masivo, ropa, calzado, electrodomésticos, muebles, artículos de ferretería, productos electrónicos, materiales de construcción, vehículos automotores, repuestos y accesorios, productos de higiene y cuidado personal, y cualquier otro producto lícito de comercio. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a la prestación de servicios relacionados con la comercialización de dichos bienes, incluyendo servicios de asesoría, consultoría, publicidad, marketing, logística, transporte, almacenamiento, y distribución de productos, tanto propios como de terceros. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar todas las actividades y operaciones que sean necesarias o convenientes, tales como la celebración de contratos de arrendamiento, concesión, franquicia, representación, distribución, asociación, y colaboración con personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, tanto dentro del territorio nacional como en el extranjero. También podrá adquirir, enajenar, arrendar y administrar bienes muebles e inmuebles, así como obtener y otorgar préstamos, emitir y negociar títulos valores y participar en otras sociedades o empresas relacionadas directa o indirectamente con su objeto social. Capital: $1.000.000, divididos en mil acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Administración: La sociedad será administrada por don JORGE RAFAEL CLAUDE GARCÍA-HUIDOBRO, quien, anteponiendo su firma ante la razón social, administrará la sociedad según facultades señaladas en la escritura. Demás cláusulas y condiciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 14 de Agosto de 2024.

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