Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones Rm Y Compañia Limitada

CONSTITUCIÓN — 7 de mar. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-03-07Ver PDF (CVE 1737154)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Cinco años contados fecha escritura, prorrogable forma automática, tácita y sucesiva períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta voluntad ponerle término según condiciones escritura extractada
Administração: Corresponderá conjuntamente a los socios JORGE ROBERTO MARIN MASSARO y BERNARDO ANDRÉS BLANCO CANIUQUEO, quienes actuando en nombre de la sociedad y anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán y obligarán con las más amplias facultades, en toda clase de actos y contratos.

Objeto social

La realización de todo tipo de inversiones, tanto en el área mobiliaria como inmobiliaria, en esta última, será a través de constructora, diseños arquitectónicos, desarrollo y ejecución de obras civiles y privadas, movimiento de materiales, administración de predios urbanos y rurales, proyectos inmobiliarios, subdivisiones, loteos, saneamientos y regularizaciones de bienes raíces, todo lo relacionado y anexo al negocio inmobiliario y mobiliario; b) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y bb) La prestación de servicios de asesoría y consultoría para personas naturales o jurídicas en el área financiera, comercial, contable, tributaria, administrativa, medioambiental, eléctrica, naviera, telecomunicaciones y derecho de propiedad intelectual e industrial y artistico a traves de marcas y patentes de invención, creaciones intelectuales como obras de arte plasticas y sonoras, la elaboración de proyectos de prefactibilidad para la obtención de financiamiento público o privado. La prestación de asesorías juridicas, legales, tributarias, comerciales, financieras, económicas, administrativas, de inversión, publicitarias, de promoción, de comunicación, estrategia, marketing y seguridad privada; c) La explotación de bienes muebles e inmuebles públicos o pertenecientes al estado de Chile como playas, franjas de litoral costero, ríos y lagos, subsuelo con yacimientos minerales pétreos, líquidos y gaseosos, o sedimentos arcillosos, en si todos los bienes del estado que se regulen a través del código de minería, código de aguas y código aeronáutico, como también la explotación de bienes muebles e inmuebles privados. El arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes; d) La prestación de servicios financieros, comerciales, tributarios, contables, educacionales, de instrucción y capacitación intelectual o manual, asesorías y prestación de servicios de seguridad personal, de bienes e instalaciones privadas, seguridad ciudadana y publica, esta ultima cuando sea requerida por el estado de chile o un estado extranjero; e) Compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles; f) El desempeño en Chile o el extranjero de agencias, representaciones, comisiones mercantiles y otras, respecto de empresas nacionales y extranjeras, y el desarrollo de cualquier clase de intermediación; g) La construcción, edificación, remodelación y restauración de bienes inmuebles. El desarrollo y gestión de todo tipo de proyectos inmobiliarios; h) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. Todas estas actividades podrán ejecutarse por cuenta propia o ajena, en asociación con terceros o a través de sociedades que constituya o a la cual se incorpore.

Capital

Capital total

$500.000

Capital integralizado

$500.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JORGE ROBERTO MARIN MASSARO

Socio

70%

BERNARDO ANDRÉS BLANCO CANIUQUEO

Socio

30%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Alejandro Américo Álvarez Barrera, Notario público suplente de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, JORGE ROBERTO MARIN MASSARO, agricultor, Av. Cristóbal Colon 3999 departamento 102, Las Condes; y don BERNARDO ANDRÉS BLANCO CANIUQUEO, Licenciado en Ciencias Jurídicas, Andrés de Ustariz 4277, Quinta Normal; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Nombre: “INVERSIONES RM Y COMPAÑIA LIMITADA”, pudiendo usar “BUTALCURA LTDA.”. Objeto. La realización de todo tipo de inversiones, tanto en el área mobiliaria como inmobiliaria, en esta última, será a través de constructora, diseños arquitectónicos, desarrollo y ejecución de obras civiles y privadas, movimiento de materiales, administración de predios urbanos y rurales, proyectos inmobiliarios, subdivisiones, loteos, saneamientos y regularizaciones de bienes raíces, todo lo relacionado y anexo al negocio inmobiliario y mobiliario; b) La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; y bb) La prestación de servicios de asesoría y consultoría para personas naturales o jurídicas en el área financiera, comercial, contable, tributaria, administrativa, medioambiental, eléctrica, naviera, telecomunicaciones y derecho de propiedad intelectual e industrial y artistico a traves de marcas y patentes de invención, creaciones intelectuales como obras de arte plasticas y sonoras, la elaboración de proyectos de prefactibilidad para la obtención de financiamiento público o privado. La prestación de asesorías juridicas, legales, tributarias, comerciales, financieras, económicas, administrativas, de inversión, publicitarias, de promoción, de comunicación, estrategia, marketing y seguridad privada; c) La explotación de bienes muebles e inmuebles públicos o pertenecientes al estado de Chile como playas, franjas de litoral costero, ríos y lagos, subsuelo con yacimientos minerales pétreos, líquidos y gaseosos, o sedimentos arcillosos, en si todos los bienes del estado que se regulen a través del código de minería, código de aguas y código aeronáutico, como también la explotación de bienes muebles e inmuebles privados. El arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes; d) La prestación de servicios financieros, comerciales, tributarios, contables, educacionales, de instrucción y capacitación intelectual o manual, asesorías y prestación de servicios de seguridad personal, de bienes e instalaciones privadas, seguridad ciudadana y publica, esta ultima cuando sea requerida por el estado de chile o un estado extranjero; e) Compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles; f) El desempeño en Chile o el extranjero de agencias, representaciones, comisiones mercantiles y otras, respecto de empresas nacionales y extranjeras, y el desarrollo de cualquier clase de intermediación; g) La construcción, edificación, remodelación y restauración de bienes inmuebles. El desarrollo y gestión de todo tipo de proyectos inmobiliarios; h) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas. Todas estas actividades podrán ejecutarse por cuenta propia o ajena, en asociación con terceros o a través de sociedades que constituya o a la cual se incorpore. Administración y uso de la razón social: Corresponderá conjuntamente a los socios JORGE ROBERTO MARIN MASSARO y BERNARDO ANDRÉS BLANCO CANIUQUEO, quienes actuando en nombre de la sociedad y anteponiendo sus firmas a la razón social, la representarán y obligarán con las más amplias facultades, en toda clase de actos y contratos. Capital: $500.000, que socios aportan: a) JORGE ROBERTO MARIN MASSARO, $350.000, efectivo, ingresa caja social; b) BERNARDO ANDRÉS BLANCO CANIUQUEO, $150.000, efectivo, ingresa caja social; Plazo: Cinco años contados fecha escritura, prorrogable forma automática, tácita y sucesiva períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta voluntad ponerle término según condiciones escritura extractada. Domicilio: Santiago. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de Enero de 2020.

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