Inversiones, Renta Y Comercio Liliana Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos o debentures de sociedades o instituciones de cualquier clase o naturaleza, pública o privada y nacional o extranjera, en títulos de crédito, derechos, cuentas de ahorro, efectos de comercio y valores mobiliarios, fondos mutuos, fondos de inversión o en cualquier otro derecho real o personal; la explotación, la compra y venta, el arrendamiento, la urbanización, la subdivisión, la edificación o construcción, y en general la adquisición y/o la enajenación, la posesión y/o tenencia, y la administración, a cualesquier título, por cuenta propia o por cuenta de terceros y para la propia Sociedad o para terceros, de toda clase de bienes inmuebles o raíces, sean estos urbanos, rurales o agrícolas, por naturaleza o por adherencia; y la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento y/o a la comercialización de conjuntos habitacionales, casas-habitaciones, edificios de oficinas, departamentos, locales comerciales y/o estacionamientos o boxes para automóviles o vehículos motorizados en general. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá, en general, comprar y vender y adquirir y/o enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles y valores o raíces o inmuebles, acciones, bonos o debentures, u otros efectos de comercio, gravarlos y/o enajenarlos, a cualquier título, entregarlos o recibirlos en arrendamiento, usufructo o comodato, constituir respecto de ellos hipotecas, prendas de cualquier clase o naturaleza u otros derechos reales, y ejecutar en bienes raíces construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones que sean necesarias; explotar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes que la Sociedad adquiera, detente, o posea a cualquier título, sea o no traslaticio de dominio, asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de cualquiera clase de negocios lícitos, constituirse si fuere necesario en agente oficioso; suscribir y firmar toda clase o naturaleza de contratos o convenciones, nominados o innominados; y formar o integrar sociedades o corporaciones o instituciones de cualquier clase o naturaleza, chilenas o extranjeras, civiles o mercantiles, sindicales, gremiales o especiales; y, en general, la realización cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital integralizado
$10.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 40% | $4.000.000 |
Patricia Alejandra Lorca Gutiérrez Socio | - | 60% | $6.000.000 |
Administradores (1)
Representantes perante o SII (1)
Texto oficial do extrato
GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque, certifica: por escritura pública de fecha 22/08/2023, Rep.551/2023, ante mí, Ariel Esteban González Lorca, ingeniero en prevención de riesgos, domicilio Camino Las Parcelas parcela 7B 6, comuna Pirque, Región Metropolitana y Patricia Alejandra Lorca Gutiérrez, empresaria, domicilio Camino Las Parcelas parcela 7B 6, comuna Pirque, Región Metropolitana; constituyen sociedad de responsabilidad limitada, con el nombre “INVERSIONES, RENTA Y COMERCIO LILIANA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos e indistintamente nombre de fantasía “IRC LILIANA LTDA.”. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en otras partes del país o del extranjero. Sociedad tendrá por objeto la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos o debentures de sociedades o instituciones de cualquier clase o naturaleza, pública o privada y nacional o extranjera, en títulos de crédito, derechos, cuentas de ahorro, efectos de comercio y valores mobiliarios, fondos mutuos, fondos de inversión o en cualquier otro derecho real o personal; la explotación, la compra y venta, el arrendamiento, la urbanización, la subdivisión, la edificación o construcción, y en general la adquisición y/o la enajenación, la posesión y/o tenencia, y la administración, a cualesquier título, por cuenta propia o por cuenta de terceros y para la propia Sociedad o para terceros, de toda clase de bienes inmuebles o raíces, sean estos urbanos, rurales o agrícolas, por naturaleza o por adherencia; y la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento y/o a la comercialización de conjuntos habitacionales, casas-habitaciones, edificios de oficinas, departamentos, locales comerciales y/o estacionamientos o boxes para automóviles o vehículos motorizados en general. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá, en general, comprar y vender y adquirir y/o enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles y valores o raíces o inmuebles, acciones, bonos o debentures, u otros efectos de comercio, gravarlos y/o enajenarlos, a cualquier título, entregarlos o recibirlos en arrendamiento, usufructo o comodato, constituir respecto de ellos hipotecas, prendas de cualquier clase o naturaleza u otros derechos reales, y ejecutar en bienes raíces construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones que sean necesarias; explotar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes que la Sociedad adquiera, detente, o posea a cualquier título, sea o no traslaticio de dominio, asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de cualquiera clase de negocios lícitos, constituirse si fuere necesario en agente oficioso; suscribir y firmar toda clase o naturaleza de contratos o convenciones, nominados o innominados; y formar o integrar sociedades o corporaciones o instituciones de cualquier clase o naturaleza, chilenas o extranjeras, civiles o mercantiles, sindicales, gremiales o especiales; y, en general, la realización cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social. Duración de la sociedad indefinida. Capital de sociedad será suma de 10 millones que se aporta de la siguiente forma: a) Ariel Esteban González Lorca aporta suma de 4 millones de pesos chilenos, que se pagan de contado, en efectivo, ingresando en este acto a la caja social; b) Patricia Alejandra Lorca Gutiérrez, aporta la suma de 6 millones de pesos chilenos, que se pagan de contado, en efectivo, ingresando en este acto a la caja social.- Así, el socio Ariel Esteban González Lorca es dueño del 40% de los derechos sociales en la sociedad, en tanto que la socia Patricia Alejandra Lorca Gutiérrez es dueña del 60% de los derechos sociales en la sociedad. Socios limitan su responsabilidad hasta monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de razón social corresponderá a Ariel Esteban González Lorca, quien, anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Duración de la sociedad 5 años. Demás cláusulas constan en escritura extractada. - Rep.551/2023 Pirque, 22/08/2023. DOY FE.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES, RENTA Y COMERCIO LILIANA LIMITADA
CVE 2369123
