Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones Rachel Galluzo Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 de mar. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-03-28Ver PDF (CVE 2789967)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: 5 años, renovables tácita y automáticamente por iguales períodos, salvo que cualquiera de los socios manifieste su decisión de ponerle fin, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una antelación mínima de 60 días al vencimiento de cada período
Administração: La administración de la sociedad será ejercida por don ANDRÉS EDUARDO FLORES GALLEGOS, quien anteponiendo la razón social a su firma, tendrá la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía de la sociedad, pudiendo representarla con las más amplias facultades.

Objeto social

1) La explotación, compra, venta, arrendamiento, ya sea por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces, corporales e incorporales; en general actividades de renta inmobiliaria. 2) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo, divisas y moneda extranjera y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades, y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. 3) La compra, venta y arrendamiento de toda clase de vehículos y de maquinarias agrícolas, incluyendo su importación.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Sócios (3)

NomeParticipação

ANDRÉS EDUARDO FLORES GALLEGOS

Socio

50%

Rachel Galluzzo

Socio

50%

Christopher Rubano

Socio

50%

Administradores (1)

Representantes perante o SII (1)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle Castellón número 116, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de marzo de 2026, Repertorio Nº1146/2026, ante mí, don ANDRÉS EDUARDO FLORES GALLEGOS, abogado, con domicilio en Cochrane 635, torre A, oficina 406, Concepción, por sí y en representación de Rachel Anne Galluzo, ciudadana de Estados Unidos de Norteamérica, con domicilio en 365 Penfield Rd, Fairfield, CT 06824, Estados Unidos; y de Christopher Rubano, ciudadano de Estados Unidos de Norteamérica, con domicilio 1421 NW Lacamas Drive Camas Wa 98607, Estados Unidos; constituyó sociedad comercial de responsabilidad limitada bajo razón social “INVERSIONES RACHEL GALLUZO LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar incluso ante los Bancos, Instituciones de crédito, Fomento e instituciones financieras y órganos de la administración del Estado, con el nombre de fantasía “TRUST FAMILIAR DE RACHEL GALLUZO LTDA”.- Su domicilio será en la ciudad de Concepción, sin perjuicio que puedan establecerse agencias, sucursales o representaciones en cualquier parte del país o del extranjero.- El objeto de la sociedad será: 1) La explotación, compra, venta, arrendamiento, ya sea por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces, corporales e incorporales; en general actividades de renta inmobiliaria. 2) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo, divisas y moneda extranjera y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades, y percibir e invertir los frutos de las inversiones.- Podrá también realizar todas actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- 3) La compra, venta y arrendamiento de toda clase de vehículos y de maquinarias agrícolas, incluyendo su importación.- La administración de la sociedad será ejercida por don ANDRÉS EDUARDO FLORES GALLEGOS, quien anteponiendo la razón social a su firma, tendrá la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía de la sociedad, pudiendo representarla con las más amplias facultades.- El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000, que se entera en dinero efectivo a las arcas de la sociedad, mediante el pago efectuado con anterioridad a este acto, el cual es aportado por los socios en de la siguiente manera: doña Rachel Galluzzo, la suma de $2.500.000 y Christopher Rubano la suma de $2.500.000.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- La sociedad comenzará a contar desde la fecha de instrumento de constitución y tendrá una duración de 5 años, renovables tácita y automáticamente por iguales períodos, salvo que cualquiera de los socios manifieste su decisión de ponerle fin, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una antelación mínima de 60 días al vencimiento de cada período.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Se facultó publicar e inscribir.- Concepción, 25 de marzo de 2026.

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