Sociedade por Ações

Inversiones Metro Apart Santiago SpA

CONSTITUCIÓN — 20 de fev. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-02-20Ver PDF (CVE 2773193)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida
Administração: No consta en el extracto

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones de carácter pasivo en bienes raíces, especialmente en terrenos rurales o urbanos, destinados a la valorización patrimonial y obtención de rentas de capital. Para tales fines, la sociedad podrá adquirir, mantener, arrendar, subdividir, lotear, urbanizar y enajenar terrenos de su propiedad, sea en forma total o parcial, con el único propósito de obtener rentabilidad derivada de la plusvalía o valorización de los mismos, sin que ello implique el desarrollo habitual de actividades inmobiliarias o de construcción propias de un giro comercial o industrial. Asimismo, podrá realizar inversiones complementarias vinculadas a la administración de dichos activos, tales como la contratación de servicios profesionales, gestión comercial, estudios técnicos o jurídicos, y la gestión de permisos o autorizaciones requeridas para mantener o enajenar los terrenos, realización de inversiones de carácter pasivo, consistentes en la adquisición, tenencia, administración y enajenación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, acciones, derechos sociales, bonos, valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, instrumentos financieros de cualquier naturaleza y demás activos permitidos por la legislación vigente, tanto en Chile como en el extranjero., Asimismo, podrá invertir sus recursos propios o excedentes de capital en instrumentos financieros derivados, contratos de mutuo, participación en sociedades o asociaciones de carácter civil o comercial, sin intervenir en la administración directa de las mismas; b) inversiones complementarias en proyectos agrícolas o forestales de terceros, sin participación operativa directa; c) la comercialización y exportación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetos señalados; d) El arrendamiento de bienes muebles, sean estos amoblados o maquinarias e inmuebles; y f) podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetos señalados u otras actividades que digan relación con el giro de la sociedad y llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier otra actividad que acuerden los accionistas.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Ações

2.000

Sócios (1)

NomeParticipação

MITCHEL STEVE ACLECH CONDESA

Accionista

10.xxx.xxx-0

100%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, certifica que: por escritura pública de fecha 06 de febrero del 2026, repertorio numero 12490-2026, ante mí, don MITCHEL STEVE ACLECH CONDESA, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad diez millones ciento treinta mil novecientos noventa y cuatro guion cero, domiciliado en Doctor Ramon Corbalán Melgarejo cero ocho, departamento mil cuatrocientos tres, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyo Sociedad por acciones, escritura social que continuación se extracta: I.- Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será "INVERSIONES METRO APART SANTIAGO SpA".-II.-DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de la facultad de establecer agencias, sucursales y establecimientos permanentes en otros puntos del país o en el extranjero.-.-III. Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida.- IV. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La sociedad tendrá por objeto la realización de inversiones de carácter pasivo en bienes raíces, especialmente en terrenos rurales o urbanos, destinados a la valorización patrimonial y obtención de rentas de capital. Para tales fines, la sociedad podrá adquirir, mantener, arrendar, subdividir, lotear, urbanizar y enajenar terrenos de su propiedad, sea en forma total o parcial, con el único propósito de obtener rentabilidad derivada de la plusvalía o valorización de los mismos, sin que ello implique el desarrollo habitual de actividades inmobiliarias o de construcción propias de un giro comercial o industrial. Asimismo, podrá realizar inversiones complementarias vinculadas a la administración de dichos activos, tales como la contratación de servicios profesionales, gestión comercial, estudios técnicos o jurídicos, y la gestión de permisos o autorizaciones requeridas para mantener o enajenar los terrenos, realización de inversiones de carácter pasivo, consistentes en la adquisición, tenencia, administración y enajenación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, acciones, derechos sociales, bonos, valores mobiliarios, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, instrumentos financieros de cualquier naturaleza y demás activos permitidos por la legislación vigente, tanto en Chile como en el extranjero., Asimismo, podrá invertir sus recursos propios o excedentes de capital en instrumentos financieros derivados, contratos de mutuo, participación en sociedades o asociaciones de carácter civil o comercial, sin intervenir en la administración directa de las mismas; b) inversiones complementarias en proyectos agrícolas o forestales de terceros, sin participación operativa directa; c) la comercialización y exportación de sus productos y la celebración de los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetos señalados; d) El arrendamiento de bienes muebles, sean estos amoblados o maquinarias e inmuebles; y f) podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetos señalados u otras actividades que digan relación con el giro de la sociedad y llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier otra actividad que acuerden los accionistas.- V. Capital. El capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, las que se suscriben y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. En consecuencia, el capital social ha sido íntegramente suscrito y pagado por el accionista. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 13 de febrero del 2025.

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