Inversiones Lui Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y en bienes raíces; b) Adquirir y enajenar, a cualquier título, los bienes y valores señalados, administrarlos y percibir sus frutos; c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y d) la realización de cualquier actividad o negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$79.252.489
Capital integralizado
$500.000
Capital pendente
$78.752.489
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 99.37% | $78.752.489 |
Socio 10.xxx.xxx-3 | 10.xxx.xxx-3 | 0.73% | $500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial do extrato
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario público Suplente del Titular de la 33ª Notaria de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de agosto del 2020, Repertorio N°12.351-2020, suscrita ante mí, Norbert Klaus Lui Gil, cédula nacional de identidad número 10.156.385-5, domiciliado en Avenida La Dehesa N°2436, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, y Andrea Soledad Lui Gil, cédula nacional de identidad N°10.156.386-3, domiciliada en Camino La Tagua N°3640, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: INVERSIONES LUI LIMITADA. Domicilio: Comuna de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y en bienes raíces; b) Adquirir y enajenar, a cualquier título, los bienes y valores señalados, administrarlos y percibir sus frutos; c) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y d) la realización de cualquier actividad o negocio que acordaren los socios.Administración: La administración y la representación y el uso de la razón social corresponderá a Norbert Klaus Lui Gil y a Andrea Soledad Lui Gil, quienes deberán actuar en forma conjunta, debiendo anteponer la razón social a sus firmas, y representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o renuncia de uno cualquiera de los socios Administradores a su cargo de administrador de la sociedad, no se pondrá fin a la sociedad, y la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá al otro socio Administrador restante quien actuará en forma individual. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $79.252.489, que se aporta por los socios, de la siguiente manera: /i/ Norbert Klaus Lui Gil, aporta la suma de $78.752.489, mediante el aporte de la cuenta por cobrar por dicho monto que mantiene en contra de Andrea Soledad Lui Gil, el cual tiene su origen en el saldo del precio del contrato de compraventa otorgado con fecha tres de agosto del año dos mil veinte en la Notaría de don Iván Torrealba Acevedo bajo el repertorio número once mil novecientos sesenta y cinco guión dos mil veinte, y que corresponden al 99,37% del capital social; y /ii/ Andrea Soledad Lui Gil, aporta la suma de $500.000, al contado y en dinero efectivo, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados a las arcas de la sociedad, y que corresponden al 0,73% del capital social. Duración: Esta sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita, automática y sucesivamente prorrogado, por períodos de dos años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su deseo de poner término a esta sociedad, manifestación que deberá realizarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 4 de septiembre de 2020.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES LUI LIMITADA
CVE 1813323
