Sociedade por Ações

Inversiones La Novena SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de abr. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-04-11Ver PDF (CVE 2795427)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: A) Invertir en bienes muebles e inmuebles y en activos financieros, títulos o valores mobiliarios, derechos en sociedades y documentos mercantiles en general, siempre, pudiendo adquirirlos, administrarlos y enajenarlos, administrar tales inversiones y percibir sus frutos. En el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá actuar directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, tanto en el país como en el extranjero y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados; B) Importar, exportar, comprar, vender, enajenar, permutar y comercializar bienes corporales o incorporales muebles; C) Intermediar en la compraventa, permuta y comercialización de bienes muebles; D) La realización de todo tipo de inversiones en opciones, bonos, debentures, y todo tipo de títulos de crédito, efectos públicos y valores mobiliarios, sin que la enumeración sea taxativa; E) La compraventa, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y distribución de toda clase de bienes muebles; corporales o incorporales, especialmente y sin significar restricción alguna, vehículos de todas clase, repuestos y partes de vehículos de toda clase, mobiliario, enseres domésticos, vestuario, calzado, alimentos, bebidas y productos gastronómicos en general; F) La compraventa, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles para todo uso, sean vacíos o amoblados; la gestión inmobiliaria, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, parcelación, loteos y divisiones de inmuebles rurales o urbanos; tasaciones, corretajes y administración de propiedades y copropiedades. G) Asesorías y estudios en materias del giro de la sociedad y la realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento de los objetos sociales. Podrá establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que sean adecuados para promover el propósito de la empresa o que estén directa o indirectamente relacionados a ella. Podrá comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren la mayoría de los accionistas.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital integralizado

$4.000.000

Ações

100.000

Sócios (1)

NomeParticipação

CRISTÓBAL DEL PEDREGAL MUJICA

Accionista

16.xxx.xxx-4

100%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior JOSÉ IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña María Patricia Donoso Gomien de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 153, comuna de Providencia, Santiago, certifico que: Por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 02 de abril de 2026, repertorio número 2954-2026, CRISTÓBAL DEL PEDREGAL MUJICA, cédula de identidad número 16.095.572-4, domiciliado para estos efectos en calle Isidora Goyenechea número 3.642, oficina 001, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyó un Sociedad por Acciones cuyas principales cláusulas se reproducen en el siguiente extracto: Razón Social: El nombre de la sociedad es “INVERSIONES LA NOVENA SpA”, pudiendo actuar ante terceros con el nombre de fantasía “LA NOVENA SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: El objeto de la Sociedad será: A) Invertir en bienes muebles e inmuebles y en activos financieros, títulos o valores mobiliarios, derechos en sociedades y documentos mercantiles en general, siempre, pudiendo adquirirlos, administrarlos y enajenarlos, administrar tales inversiones y percibir sus frutos. En el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá actuar directamente o a través de sociedades filiales o coligadas, tanto en el país como en el extranjero y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados; B) Importar, exportar, comprar, vender, enajenar, permutar y comercializar bienes corporales o incorporales muebles; C) Intermediar en la compraventa, permuta y comercialización de bienes muebles; D) La realización de todo tipo de inversiones en opciones, bonos, debentures, y todo tipo de títulos de crédito, efectos públicos y valores mobiliarios, sin que la enumeración sea taxativa; E) La compraventa, importación, exportación, comercialización, arrendamiento y distribución de toda clase de bienes muebles; corporales o incorporales, especialmente y sin significar restricción alguna, vehículos de todas clase, repuestos y partes de vehículos de toda clase, mobiliario, enseres domésticos, vestuario, calzado, alimentos, bebidas y productos gastronómicos en general; F) La compraventa, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles para todo uso, sean vacíos o amoblados; la gestión inmobiliaria, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, parcelación, loteos y divisiones de inmuebles rurales o urbanos; tasaciones, corretajes y administración de propiedades y copropiedades. G) Asesorías y estudios en materias del giro de la sociedad y la realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento de los objetos sociales. Podrá establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que sean adecuados para promover el propósito de la empresa o que estén directa o indirectamente relacionados a ella. Podrá comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto antes descrito, toda vez que así lo acordaren la mayoría de los accionistas. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de 4 millones de pesos dividido en 100.000 acciones, de una misma serie, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, completamente suscrito y pagado en este acto por el constituyente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de abril de 2026.

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