Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones JACA Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 de out. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-10-26Ver PDF (CVE 2563057)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: diez años contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio respectivo, a lo menos tres meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso
Administração: La representación de la Sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios, quienes anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad en toda clase de asuntos, negocios, operaciones, gestiones, tramitaciones, juicios y actos jurídicos de cualquier naturaleza

Objeto social

Efectuar toda clase de negocios e inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios y efectos de comercio; participar en sociedades o comunidades de cualquier objeto, nacionales o extranjeras, pudiendo incluso administrarlas; participar en proyectos inmobiliarios, comprar, vender, arrendar, subarrendar y explotar, en todas sus formas bienes raíces, por cuenta propia o ajena, o través de otras sociedades

Capital

Capital total

$57.588.290

Capital integralizado

$57.588.290

Sócios (4)

NomeParticipação

Carlos Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos

Socio

18.xxx.xxx-0

25%

Ana María Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos

Socio

17.xxx.xxx-4

25%

Antonia Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos

Socio

18.xxx.xxx-k

25%

Josefina Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos

Socio

19.xxx.xxx-5

25%

Texto oficial do extrato

PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Notario Público Interino 22ª Notaría de Santiago, domiciliado en Avenida El Bosque Norte 047, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de 30 de agosto de 2024, bajo el repertorio N°1.384-2024, ante mí, don Carlos Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos, cédula nacional de identidad N°18.638.371- 0, doña Ana María Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos, cédula nacional de identidad N°17.405.833-4, doña Antonia Ruiz-Tagle Pérez-Cotapos, cédula nacional de identidad N°18.023.246-K, y doña Josefina Ruiz- Tagle Pérez-Cotapos, cédula nacional de identidad N°19.539.875-5, todos domiciliados en calle La Gioconda N°4.233, departamento 112, comuna de Las Condes, Santiago; en su calidad de únicos socios de INVERSIONES LO ESPEJO LIMITADA, rol único tributario N°76.136.182- 1, inscrita a fojas 10.551 número 8.070, del Registro de Comercio de Santiago, acordaron lo siguiente: dividir la sociedad Inversiones Lo Espejo Limitada, subsistiendo como continuadora legal y rigiéndose por el mismo pacto social, salvo en aquellos cambios por efecto de la división, y naciendo una nueva sociedad de responsabilidad limitada la que se denominará “Inversiones JACA Limitada”. Para los efectos de la división de Inversiones Lo Espejo Limitada los comparecientes acuerdan las siguientes materias: Uno) Que la división social se efectúe considerado el patrimonio total de la Sociedad al 30 de junio de 2024, de acuerdo con el informe pericial contable tributario, el cual contiene el balance general de división de la Sociedad, que los socios convienen en aprobar íntegramente; Dos) Disminuir su capital social, desde su suma actual ascendente a 120.000.000 de pesos, a la suma de 62.411.710 pesos, aquella parte del capital disminuido corresponde al capital asignado a la nueva sociedad que nacerá producto de la división; Tres) modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, el que queda del siguiente tenor: “Quinto: Capital. El capital de la sociedad asciende a sesenta y dos millones cuatrocientos once mil setecientos diez pesos enterado de la siguiente forma y proporción: /Uno/ don Carlos Ruiz-Tagle Pérez- Cotapo, la suma de quince millones seiscientos dos mil novecientos veintisiete coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales;/Dos/ doña Ana María Ruiz-Tagle Pérez- Cotapos, la suma de quince millones seiscientos dos mil novecientos veintisiete coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales; /Tres/ doña Antonia Ruiz-Tagle Pérez- Cotapos, la suma de quince millones seiscientos dos mil novecientos veintisiete coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales; y /Cuatro/ doña Josefina Ruiz-Tagle Pérez- Cotapos, la suma quince millones seiscientos dos mil novecientos veintisiete coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales; Cuatro) Se aprueban los estatutos sociales de la nueva sociedad de responsabilidad limitada que nace producto de la división: Nombre: “INVERSIONES JACA LIMITADA”.- Objeto: Efectuar toda clase de negocios e inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios y efectos de comercio; participar en sociedades o comunidades de cualquier objeto, nacionales o extranjeras, pudiendo incluso administrarlas; participar en proyectos inmobiliarios, comprar, vender, arrendar, subarrendar y explotar, en todas sus formas bienes raíces, por cuenta propia o ajena, o través de otras sociedades.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la parte de la Provincia de Santiago sobre la que tenga juris¬dicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero Duración: La duración de la sociedad será de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio respectivo, a lo menos tres meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso.- Capital: El capital social es la suma de 57.588.290 pesos, íntegramente pagado, aportado y enterado. Este capital se distribuye como sigue: /Uno/ don Carlos Ruiz-Tagle Pérez- Cotapo, la suma de catorce millones trescientos noventa y siete mil setenta y dos coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales;/Dos/ doña Ana María Ruiz-Tagle Pérez- Cotapos, la suma de catorce millones trescientos noventa y siete mil setenta y dos coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales; /Tres/ doña Antonia Ruiz-Tagle Pérez- Cotapos, la suma de catorce millones trescientos noventa y siete mil setenta y dos coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales; y /Cuatro/ doña Josefina Ruiz-Tagle Pérez- Cotapos, la suma catorce millones trescientos noventa y siete mil setenta y dos coma cinco pesos, equivalente al veinticinco por ciento de los derechos sociales.- Responsabilidad Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración y Uso de Razón Social: La representación de la Sociedad, su administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios, quienes anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad en toda clase de asuntos, negocios, operaciones, gestiones, tramitaciones, juicios y actos jurídicos de cualquier naturaleza.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 23 de Octubre de 2024.-/nh

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