Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones J&p Tres Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de ago. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-08-23Ver PDF (CVE 2689836)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 10 años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jaime Gysling Riu, y a don Pedro Andrés Yaconi Valdebenito, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y en especial con las facultades señaladas en la escritura extractada.

Objeto social

efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$177.562

Capital integralizado

$177.562

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Jaime Alejandro Gysling Riu

Socio

50%

Inversiones Gysling Moffat Limitada

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Abogado, Notario Público Interino de la 40ª. Notaría Pública de Santiago, con oficio en calle Teatinos N° 332, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 30 de junio del año 2025, ante mí, don JAIME ALEJANDRO GYSLING RIU y la sociedad INVERSIONES GYSLING MOFFAT LIMITADA ambos domiciliados en calle Isidora Goyenechea N° 3.621, oficina 202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de “INVERSIONES J&P LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 15.629, número 7.413 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, acordaron dividir dicha sociedad, manteniendo esta su razón social, rol único tributario y objeto social, y constituyéndose al efecto una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES J&P TRES LIMITADA. Los estatutos extractados de esta sociedad que nace de la división son los siguientes: I.- SOCIOS: Don Jaime Alejandro Gysling Riu y la sociedad Inversiones Gysling Moffat Limitada. II.- RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad será “INVERSIONES J&P TRES LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “J&P TRES LTDA”. III.- OBJETO: efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. IV.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. V.- DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término en la forma indicada en la escritura extractada. VI.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $177.562, el cual es aportado y pagado por los socios en las siguientes cantidades y proporciones: /Uno/ don Jaime Alejandro Gysling Riu aportó la suma de $88.781, equivalente al 50% de los derechos sociales, y /Dos/ Inversiones Gysling Moffat Limitada aportó la suma de $88.781, equivalente al 50% de los derechos sociales. En consecuencia, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito, enterado y pagado por los socios e ingresado en caja social a entera satisfacción. VII.- ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jaime Gysling Riu, y a don Pedro Andrés Yaconi Valdebenito, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades y en especial con las facultades señaladas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de agosto de 2025. Rodrigo Sotomayor Graepp, Notario Público.

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