Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones Inmobiliarias Ahumada López Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de jun. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-06-10Ver PDF (CVE 2822387)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 10 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN ANDRÉS AHUMADA CARVAJAL, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, bonos, debentures, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas.

Capital

Capital total

$510.397.891

Capital integralizado

$510.397.891

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

MARIA TERESA LOPEZ ARAYA

Socio

0.16%

CRISTIAN ANDRÉS AHUMADA CARVAJAL

Socio

99.84%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior CAROLINA LEIVA PÉREZ, Notario Público Antofagasta, calle Arturo Prat número cuatrocientos ochenta y dos oficina veinticinco, certifico, que por escritura pública de fecha 07 de Mayo del año 2026, ante mí, doña MARIA TERESA LOPEZ ARAYA y don CRISTIAN ANDRÉS AHUMADA CARVAJAL, ambos domiciliados para estos efectos en calle Jutlandia N° 456, departamento 1004, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INVERSIONES INMOBILIARIAS AHUMADA LÓPEZ LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada nombre de fantasía de “INVERSIONES INMOBILIARIAS AHUMADA LÓPEZ LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, bonos, debentures, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $510.397.891.-, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: A) Doña MARÍA TERESA LOPEZ ARAYA, aporta la suma de $801.753.-, equivalente al 0,16% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los derechos sociales indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma; y, B) Don CRISTIAN ANDRÉS AHUMADA CARVAJAL, aporta la suma de $509.596.138.-, equivalente al 99,84% aproximado del capital y derechos sociales, que entera en este acto, mediante el aporte en dominio de los derechos sociales y acciones indicados en el artículo Primero Transitorio, que las partes avalúan de común acuerdo en dicha suma. Cualquier aumento de capital se enterará en dinero en efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de los conflictos sociales. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CRISTIAN ANDRÉS AHUMADA CARVAJAL, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos. Duración: La sociedad tiene una duración de 10 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 25 de mayo de 2026.

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