Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones HERCO Seis Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 de fev. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-02-17Ver PDF (CVE 2612179)

Informações societárias

Ltda
Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno
Duração: 5 años, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno
Administração: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a uno cualquiera de don Gerardo Cruzat Ochagavía y doña Carmen Paula Soza del Río, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.

Objeto social

La obtención de rentas provenientes de la explotación de bienes raíces agrícolas, forestales, y no agrícolas, ya sean en su calidad de propietario, usufructuario, arrendatario u otro título que le confiera el uso o goce temporal de ellos; la obtención de rentas provenientes de la cesión a cualquier título del uso y goce temporal de bienes raíces agrícolas, forestales y no agrícolas; y los demás negocios que los socios acuerden realizar. Estas actividades las podrá realizar directamente o a través de otras sociedades en las que tenga interés.

Capital

Capital total

$101.098.203

Capital integralizado

$101.098.203

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

SOCIEDAD AGRÍCOLA HERCO LIMITADA

Socio

99.5054%

Gerardo Cruzat Ochagavía

Socio

0.2473%

Carmen Paula Soza del Río

Socio

0.2473%

Administradores (2)

Representantes perante o SII (1)

Texto oficial do extrato

ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica que mediante escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, bajo repertorio N° 10451-2024, ante mi, comparecieron: /uno/ SOCIEDAD AGRÍCOLA HERCO LIMITADA, debidamente representada por don Gerardo Cruzat Ochagavía; /dos/ GERARDO CRUZAT OCHAGAVÍA; y /tres/ CARMEN PAULA SOZA DEL RIO, todos domiciliados para estos efectos en calle Napoleón 3527, piso 8, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES HERCO SEIS LIMITADA” pudiendo usar como nombre de fantasía la razón social abreviada de “HERCO Seis Ltda.”.- CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $101.098.203, íntegramente suscrito y pagado, de la siguiente manera y en la siguiente proporción: /a/ Sociedad Agrícola Herco Limitada la suma de $100.598.203, equivalente al 99,5054% aproximado de los derechos sociales y que se pagan en este acto mediante el aporte en dominio del 24,0275% aproximado de los derechos sociales que dicho socio tiene actualmente en la Sociedad Agrícola El Cántaro Limitada, rol único tributario número 79.870.400-1. Se deja expresa constancia que el valor de aporte señalado asciende a $100.598.203, mismo valor al cual esos derechos sociales se encuentran registrados en la contabilidad de Sociedad Agrícola Herco Limitada, situación que es plenamente aceptada por todos los socios comparecientes en razón de la reorganización empresarial a la cual se están acogiendo en virtud del artículo 64 del Código Tributario; /b/ don Gerardo Cruzat Ochagavía la suma de $250.000, equivalente al 0,2473% aproximado de los derechos sociales y que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo; y /c/ doña Carmen Paula Soza del Río la suma de $250.000, equivalente al 0,2473% aproximado de los derechos sociales y que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo. En consecuencia, el capital de la Sociedad ha quedado íntegramente pagado en este acto.- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La obtención de rentas provenientes de la explotación de bienes raíces agrícolas, forestales, y no agrícolas, ya sean en su calidad de propietario, usufructuario, arrendatario u otro título que le confiera el uso o goce temporal de ellos; b) La obtención de rentas provenientes de la cesión a cualquier título del uso y goce temporal de bienes raíces agrícolas, forestales y no agrícolas; c) Los demás negocios que los socios acuerden realizar. Estas actividades las podrá realizar directamente o a través de otras sociedades en las que tenga interés.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a uno cualquiera de don Gerardo Cruzat Ochagavía y doña Carmen Paula Soza del Río, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de febrero de 2025.

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