Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones Del Valle Mella Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de set. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-09-23Ver PDF (CVE 2190929)

Informações societárias

Ltda
La Florida, Región Metropolitana
Duração: 2 años a contar de fecha de escritura, el que se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo manifestación en contrario de alguno de los socios
Administração: Ambos socios conjunta o separadamente, salvo respecto de actos de enajenación, gravamen, cesión de uso o tenencia de bienes raíces, en que solo podrán actuar ambos socios conjuntamente

Objeto social

Administración de bienes de cualquier naturaleza, corporales o incorporales, muebles e inmuebles, pudiendo respecto de éstos últimos gestionar subdivisiones, loteos, urbanizaciones y, en general, desarrollar cualquier forma de explotación lucrativa de ellos, por cuenta propia o ajena. Se incluyen también la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles; cualquier otro negocio o actividad que se relacione (directa o indirectamente) con los anteriores.

Capital

Capital total

$307.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$45.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

EDUARDO ESTIR MELLA MELLA

Socio

14.xxx.xxx-3

83.71%

LAURA CRISTINA DEL VALLE LEIVA

Socio

14.xxx.xxx-3

16.29%

Administradores (2)

EDUARDO ESTIR MELLA MELLA

14.xxx.xxx-3Administrador

LAURA CRISTINA DEL VALLE LEIVA

14.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial do extrato

RAIMUNDO WOOD ESPINOZA, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 578, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por Escritura Pública de fecha 05 de septiembre de 2022, Repertorio Nº 8.692/2022, ante mí, don EDUARDO ESTIR MELLA MELLA, C.I. N°14.025.453-3, y doña LAURA CRISTINA DEL VALLE LEIVA, C.I. N°14.195.912-3, ambos domiciliados en Camino de Las Araucarias número 6507, Casa A, comuna de La Florida, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: "INVERSIONES DEL VALLE MELLA LIMITADA”, o nombre de fantasía “DEL VALLE MELLA LTDA”. Objeto: Administración de bienes de cualquier naturaleza, corporales o incorporales, muebles e inmuebles, pudiendo respecto de éstos últimos gestionar subdivisiones, loteos, urbanizaciones y, en general, desarrollar cualquier forma de explotación lucrativa de ellos, por cuenta propia o ajena. Se incluyen también la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles; cualquier otro negocio o actividad que se relacione (directa o indirectamente) con los anteriores. Domicilio: Comuna de La Florida, Región Metropolitana. Capital: $307.000.000 (trescientos siete millones de pesos), que los socios enteraron y enterarán en la caja social del modo que sigue: a) Eduardo Estir Mella Mella, $257.000.000 (doscientos cincuenta y siete millones de pesos), equivalente a un 83,71% del capital social, que entera mediante la transferencia de tres bienes raíces y de una cuota de dominio sobre un bien raíz, los que avalúa en las sumas de $32.000.000 (treinta y dos millones de pesos), $30.000.000 (treinta millones de pesos), $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) y $45.000.0000 (cuarenta y cinco millones de pesos); y b) Laura Cristina del Valle Leiva, $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), equivalente a un 16,29% del capital social, suma que se paga y pagará del modo siguiente: enterando en este acto en la caja social la cantidad de $5.000.000 (cinco millones de pesos); comprometiéndose a enterar en caja social la suma de $45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos) en diez cuotas anuales, iguales y sucesivas de $4.500.000 (cuatro millones quinientos mil pesos). Administración: Ambos socios conjunta o separadamente, salvo respecto de actos de enajenación, gravamen, cesión de uso o tenencia de bienes raíces, en que solo podrán actuar ambos socios conjuntamente. Duración: 2 años a contar de fecha de escritura, el que se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos, salvo manifestación en contrario de alguno de los socios.- La sociedad regirá desde la fecha de la escritura social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 09 de septiembre de 2022.

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