Sociedade por Ações

Inversiones Ddl SpA

CONSTITUCIÓN — 2 de abr. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-04-02Ver PDF (CVE 2628963)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, y la administración de dichos bienes; y la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados o que acuerden los accionistas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (1)

NomeParticipação

Diego Donoso Larraín

Accionista

100%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifico que, mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 27 de marzo de 2025, repertorio Nº 5796-2025, don Diego Donoso Larraín constituyó una sociedad por acciones (“Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre de la Sociedad es “INVERSIONES DDL SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será: (i) la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, y la administración de dichos bienes; y (ii) la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados o que acuerden los accionistas. Capital: El capital social es la cantidad de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en el acto de la constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 28 de marzo de 2025. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.

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