Inmobiliaria Peña Hermanos Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La adquisición de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, participaciones sociales, acciones, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, fondos mutuos, opciones y otros instrumentos financieros o comerciales, y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles.
Capital
Capital total
$900.000
Capital integralizado
$900.000
Capital pendente
$0
Ações
6
Sócios (6)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 16.6667% | $150.000 |
Socio | - | 16.6667% | $150.000 |
Socio | - | 16.6667% | $150.000 |
Socio | - | 16.6667% | $150.000 |
Socio | - | 16.6667% | $150.000 |
Socio | - | 16.6667% | $150.000 |
Administradores (6)
Texto oficial do extrato
Humberto Quezada Moreno, Notario Titular de la 26° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, comuna de Las Condes, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 16 de mayo de 2022, Repertorio 4.247, don José Eduardo Peña Albornoz, con domicilio en Bosques de Zapallar, Lote dos, comuna de Curicó, Región del Maule, y de paso en ésta; doña María Alicia Peña Albornoz, con domicilio en calle Emilio Delporte número mil trescientos veintinueve, comuna de Providencia, Región Metropolitana; don Vicente Claudio Peña Albornoz, con domicilio en calle Cerro Pan de Azúcar número diez mil cuatrocientos veintinueve, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña María Antonia Peña Albornoz, con domicilio en calle Fabio Jordán número mil cuatrocientos ochenta, Villa María del Valle, comuna de Linares, Región del Maule, y de paso en ésta; don Víctor Hugo Peña Albornoz, con domicilio en calle Sebastián Elcano número novecientos cincuenta y cinco, departamento seiscientos cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don Gonzalo Juan Peña Albornoz, con domicilio en calle Manuel Rodríguez número mil cuatrocientos sesenta y uno, comuna de Linares, Región del Maule, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada que se denomina INMOBILIARIA PEÑA HERMANOS LIMITADA, con domicilio en la ciudad de Santiago, y cuyo objeto es la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, participaciones sociales, acciones, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, fondos mutuos, opciones y otros instrumentos financieros o comerciales, y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponden a don José Eduardo Peña Albornoz, doña María Alicia Peña Albornoz, don Vicente Claudio Peña Albornoz, doña María Antonia Peña Albornoz, don Víctor Hugo Peña Albornoz y don Gonzalo Juan Peña Albornoz, debiendo actuar conjuntamente cualesquiera cuatro de ellos. El capital de la sociedad es la suma de novecientos mil pesos, aportado y pagado por los socios en dinero efectivo, y que les corresponde como sigue: a) a don José Eduardo Peña Albornoz, en la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un sexto de los derechos en que se divide el capital social de la compañía; b) a doña María Alicia Peña Albornoz, en la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un sexto de los derechos en que se divide el capital social de la compañía; c) a don Vicente Claudio Peña Albornoz, en la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un sexto de los derechos en que se divide el capital social de la compañía; d) a doña María Antonia Peña Albornoz, en la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un sexto de los derechos en que se divide el capital social de la compañía; e) a don Víctor Hugo Peña Albornoz; en la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un sexto de los derechos en que se divide el capital social de la compañía; y f) a don Gonzalo Juan Peña Albornoz, en la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalente a un sexto de los derechos en que se divide el capital social de la compañía. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá realizar mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de tres meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de mayo de 2022. HQM. Not. Pub.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA PEÑA HERMANOS LIMITADA
CVE 2134583
